Economia
Gremios aceiteros advierten sobre una posible huelga nacional
Reclaman el pago de un bono anual y denuncian despidos. Las empresas del sector explicaron en 2024 más de la mitad de las exportaciones argentinas. Según el último acuerdo salarial, el sueldo básico (peón) del sector es de 1.562.655 pesos. El caso Vicentín, en el centro del conflicto
Mientras las entidades rurales y los exportadores celebraban la decisión del gobierno nacional de reducir hasta junio las retenciones a la exportación de los principales productos del campo y eliminarlos definitivamente para las economías regionales, el Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros (SOEA) de San Lorenzo y la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina, junto a cuerpos de delegados de las empresas aceiteras y de biodiesel, advirtieron la posibilidad de “ir a una huelga nacional para hacer valer nuestros derechos”.
Los sindicatos denuncian un “grave e ilegal avasallamiento en los derechos de los trabajadores y trabajadoras aceiteras por varias empresas de la actividad” a partir del incumplimiento de “convenios colectivos aceiteros y acuerdos paritarios”, el despido “discriminatorio” de algunos trabajadores y una “militarización de una de las plantas” donde hubo despidos.
“Buscan solucionar los conflictos colectivos de trabajo con el uso de las fuerzas de seguridad nacionales”, expresó el SOEA, que denunció el despido de cuatro trabajadores en Explora SA, de Puerto San Martín, que a su vez desencadenó una huelga por la reincorporación de los despedidos, el no pago de un “bono anual” en las empresas Vicentín y Renopack, que consideran “ilegal”, y el cierre de la plante de Dánica en Llavallol, provincia de Buenos Aires, luego de lo cual “se logró la reapertura del sector de envasado con 40 trabajadores que no aceptaron el retiro voluntario”. También hay conflictos de más larga data, como uno en Bahía Blanca en Viterra -hoy propiedad de Bunge en el que -según el SOEA- “se pretenden desconocer los derechos laborales”.
“En caso de continuar estos hechos (…) daremos inicio a una huelga nacional aceitera”, dice el comunicado gremial, aunque no da fechas precisas, lo que abre espacio a un período de acercamiento y negociación con las empresas a las que -dice SOEA- “el ministro de Economía las beneficia con una rebaja de las retenciones”.
Según fuentes del sector, el nudo del conflicto es la situación de Vicentín, actualmente operada por ACA, Viterra y Bunge, que para hacerse cargo de la empresa habrían ofrecido el pago de la deuda a los acreedores minoritarios y una fuerte quita a los acreedores más grandes. La Justicia santafecina, sin embargo, imposibilitaría ese arreglo, con lo que la empresa iría al cramdown y haría inviable su continuidad. Ante esa situación, los operadores habrían decidido no pagar el bono anual, lo que está en el centro del conflicto con los sindicatos.
Cuánto ganan
El más reciente acuerdo salarial aceitero, de septiembre de 2024, que abarcó a la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina junto con SOEA y tuvo del otro lado de la mesa a las Cámaras de Industriales Aceiteros de la República Argentina (Ciara), de Industriales de Aceites Vegetales de Córdoba (Ciavec) y Argentina de Biocombustibles (Carbio) se firmó al cabo de una “huelga nacional aceitera” de siete días y llevó el salario básico inicial (peón) a 1.562.655 pesos.
En ese momento, los sindicatos celebraron el acuerdo señalando: “significa un aumento del 26% sobre el salario que sumado al 76,25% de los acuerdos firmados en enero y abril pasado, comprende un aumento del 122% por el periodo de 2024″. Pero en diciembre no hubo acuerdo y el no pago de un bono por parte de algunas empresas está en el centro del conflicto.
Peso exportador
El complejo aceitero-cerealero, incluyendo al biodiésel y sus derivados, aportó más de la mitad de los USD 79.721 millones de exportaciones en 2024, que permitieron a la Argentina un superávit comercial de USD 18.899 millones, una reversión de casi USD 26.000 millones respecto al déficit de USD 6.925 millones de la balanza comercial en 2023, último año del gobierno de Alberto Fernández.
El principal producto de exportación del país es la harina de soja (12% del total), pese a que el complejo aceitero ubicado en torno de Rosario tiene actualmente, según denunciaron las Cámaras de Aceiteros y Exportadores (Ciara-CEC) una capacidad ociosa cercana al 70 por ciento. El segundo producto más exportado el año pasado, según los datos del Indec, fue el maíz (11 %) y el tercero el aceite de soja (6,9 %).
Paro ferroviario
La advertencia del gremio de los aceiteros se suma a la del sector ferroviario,. El gremio La Fraternidad anunció un paro del servicio de trenes entre las 9 y las 15 horas de este martes, también en reclamo de una mejora salarial. La Secretaría de Transporte de la Nación señaló que la Unión Ferroviaria, la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (Apadfa) y la Asociación Señaleros Ferroviarios Argentinos” aceptaron la oferta de las empresas Ferrovías S.A, Metrovías S.A, Operadora Ferroviaria S.E. y Belgrano Cargas y Logística S.A, pero que el La Fraternidad, sindicato encabezado por Omar Maturano, “no aceptó el acuerdo propuesto”.
Economia
Ranking de Ingresos Brutos: provincia por provincia, con qué tasa gravan los servicios financieros
El aumento de las alícuotas sobre las billeteras virtuales impacta sobre la formalización de la economía y la reducción del uso del efectivo. Cuál es la provincia que le cobra una tasa mayor a los que dan préstamos que a los casinos
Las provincias cobran una alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que oscila entre el 3% y el 9% a los servicios financieros que se prestan en sus distritos. De esa forma, las billeteras virtuales (y en algunos casos, los bancos) reciben el impacto de este impuesto en cada comisión que cobran por cualquier servicio que prestan y encarecen la posibilidad de que las actividades económicas dentro de sus provincias se formalicen, queden registradas y reduzcan el uso del efectivo.
La discusión que llevan adelante el Gobierno y las provincias por la presión impositiva tiene en el centro a Ingresos Brutos, un tributo definido por cada distrito, cuya tasa varía en cada actividad. Esta semana, Santa Fe aprobó una reforma fiscal que la elevó del 5% al 9%, lo que generó un reclamo por parte de la Cámara Argentina Fintech sobre cómo las provincias están llevando adelante “una persistente y creciente presión tributaria” que limita la prestación de servicios y reducen el acceso al crédito.
En algunas provincias las tasas llegan al insólito nivel del 16,5% cuando se trata de préstamos u otras operaciones financieras. En el ranking que acompaña esta nota se incluyen únicamente las alícuotas aplicadas sobre las comisiones de los servicios financieros, algo más bajas pero de alto impacto. La ya mencionada Santa Fe encabeza el ranking con un 9% de alícuota, seguida por Jujuy (7%) y Córdoba (6,75%).
Cada provincia fija una alícuota para cada actividad económica, por lo que si se tomase un promedio, el ranking tendría variaciones. Pero por encima de estos números, aparecen curiosidades. En la provincia de La Pampa, por ejemplo, la legislatura provincial decidió para 2025 que un préstamo hipotecario, prendario, personal o el descuento de documentos (una forma habitual de financiamiento pyme) esté gravado con una alícuota del 15%; para los casinos, en cambio, se inclinó por una tasa menor, del 10%. La venta de “billetes de lotería y juegos de azar autorizados” paga solo un 4%. Se trata de la misma provincia en la que el Banco Nación amenazó con cerrar sucursales cuando el gobierno provincial duplicó Ingresos Brutos y lo llevó del 7,5% al 15%. Ante la decisión del Nación, el gobernador Sergio Ziliotto debió anular el aumento.
Hay billeteras virtuales que están limitando el acceso a clientes de algunas provincias, o bien evitan darle algunos servicios. ¿La razón? En determinados distritos, Ingresos Brutos les hace trabajar a pérdida. El negocio de las fintech es de escala grande y márgenes muy pequeños, por lo que un excesivo peso de los impuestos los puede dejar fuera de carrera. El impacto nocivo de Ingresos Brutos llega por igual a la líder Mercado Pago como a una pequeña billetera regional, pero en algunos casos pone en juego la viabilidad del negocio.
Un tiro en el pie de las provincias
En su comunicado, la Cámara Argentina Fintech explicó que “el único freno a la digitalización de la economía es el peso fiscal que se aplica sobre las personas y comercios que optan por pagar o cobrar con medios electrónicos. Las herramientas existentes, disponibilizadas por múltiples actores del sistema financiero tecnológico, han demostrado ser accesibles, de uso sencillo y de adopción masiva”. Y alertó que en muchas empresas está en riesgo “la viabilidad ante la carga tributaria”.
Otro caso complejo es el de las llamadas cuentas recaudadoras. Las fintech que dan servicios de cobranzas pagan impuestos por el dinero que pasa por sus cuentas pero pertenece a terceros. El impuesto al cheque trae complicaciones fuertes en este terreno.
Todos esos servicios que ayudan a digitalizar la economía y permitir la trazabilidad de las operaciones son castigados con alícuotas de Ingresos Brutos que fueron aumentando a lo largo de 2024, a medida que la Nación aceleraba la motosierra y los gobiernos provinciales necesitaban recursos. “Para los gobernadores, aumentarnos los impuestos es pegarse un tiro en el pie. Las fintech aportamos financiamiento, servicios y formalización para las economías regionales, debieran ayudarnos en vez de castigarnos”, explican en una de las compañías fintech.
Por el lado de los bancos, en muchos casos la situación es similar y sus servicios son impactados (y por ello, encarecidos) por Ingresos Brutos. La complicación era aún mayor cuando CABA aplicaba el impuesto sobre las Leliq del Banco Central, lo que restaba rentabilidad a esos títulos. Aunque no deja de afectarlos, la diferencia en los servicios que prestan, en relación a las fintech, hace que el impacto no ponga en juego la vialidad del negocio, tal como les pasa a alguna de las billeteras.
La pelea impositiva de los bancos hoy está centrada en las tasas municipales. Muchos intendentes a lo largo del país, en vistas del dinero que dejó de llegar desde su provincia y la Nación, apuntaron a los bancos para crear nuevas tasas o subir las alícuotas que ya tenían. Y así como hay supermercados que ya están advirtiendo a sus clientes que el ticket es más caro en un municipio que en el de al lado por causa de los tributos municipales, en algunos bancos analizan enviar a sus clientes a otra sucursal para que un préstamo tenga menos carga impositiva. O bien, directamente mudar sucursales de algunos distritos para escapar de las tasas municipales.
Para el sector financiero, la pelea por el peso de ingresos Brutos en su rentabilidad llega en el momento en que el Gobierno puso en agenda la discusión con los gobernadores e intendentes. La reducción de las retenciones al campo que se inicia mañana incluyó el mensaje del ministerio de Economía hacia las provincias y los municipios: si la Nación ya empezó a bajar impuestos, ahora llegó su turno de hacerlo.
Economia
El consumo entre retrocesos y recuperación según cada sector
El impacto de la quita de subsidios y la dinámica del crédito reconfiguraron los hábitos de gasto de los hogares. Las expectativas con menos inflación
En el último año se produjeron fuertes cambios en la composición del gasto de los hogares, a raíz de la quita de subsidios y el consecuente aumento en las tarifas de los servicios públicos.
Mientras que algunos sectores de consumo continúan registrando descensos en términos interanuales, otros muestran repuntes. Queda margen de recuperación pero la tendencia mixta podría profundizarse a lo largo de 2025.
En el marco de las Fiestas de fin de año, el consumo creció 1,9% mensual en diciembre pero presentó un retroceso de 3,4% en relación al mismo mes de 2023 y cerró el 2024 con una caída acumulada de 7,4%, según el indicador de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC).
El informe dio cuenta de que el nuevo sendero de desplazamiento, o crawling peg, del tipo de cambio al 1% mensual, que funciona como ancla inflacionaria, y un posible recorte, más adelante, en la tasa de interés de política monetaria por parte del Banco Central “serán fundamentales para continuar robusteciendo el crédito a los hogares y apuntalar el consumo”.
Por lo pronto, en diciembre se observó una dinámica generalizada de decrecimiento en los distintos rubros respecto a 2023.
En tanto, según el relevamiento de Scentia, el consumo masivo bajó 18% interanual en dicho mes y acumuló una retracción de 13,9% en 2024. Si bien se moderó la caída, el año pasado se posicionó como uno de los peores de las últimas dos décadas. En los supermercados de cadena, las ventas se contrajeron 17,3% interanual y en los autoservicios independientes, 18,7 por ciento.
Leonardo Alaniz, director de la consultora, señaló que “las categorías que menos sufrieron son las de demanda inelástica, como alimentos básicos. Las principales afectadas fueron aquellas relacionadas con ‘darse un gusto’ y es donde más espacio de recuperación hay”.
Sobre este segmento de consumo en particular, desde Ecolatina, el economista Federico Moll, aseguró: “Los datos de diciembre muestran en la serie desestacionalizada que no se alcanzó el piso. Desde fines de 2023, el mercado empezó observando una contracción que todavía no parece haber terminado”.
En el otro extremo, “se encuentra el patentamiento de autos creciendo a niveles que no se veían desde 2018, la recuperación de lo perdido a principios del año pasado en el sector de electrodomésticos y el rubro de indumentaria que no está tan mal. Todo lo que está atado a la oferta de crédito se incrementa”, precisó.
En la medida en que esta tendencia persista, “es probable que se profundice en los próximos años el proceso de reformulación de la estructura de gastos de los hogares. Hay mucho espacio para que el segmento de bienes durables siga creciendo en detrimento del consumo masivo”, afirmó Moll.
De todos modos, consideró que es difícil pensar que vaya a caer más en 2025 debido simplemente a la baja base de comparación con la que cerró el año pasado.
En tanto, Pablo Moldovan, economista de CP Consultora, explicó que “la dinámica del consumo depende mayormente de la evolución de los ingresos y hoy las dos principales fuentes de estos, salarios y jubilaciones, tienen un límite al crecimiento y perspectivas de estancamiento”.
Para el caso de los haberes jubilatorios, el especialista dijo que la fórmula que los ajusta por inflación hace que sólo puedan recuperarse en un contexto de fuerte desaceleración de precios. Ese efecto es cada vez pequeño y compite con la licuación del bono discrecional de $70.000 para quienes perciben la mínima.
En cuanto a salarios, “los límites a las negociaciones paritarias que establece el Gobierno ponen también un techo a la recuperación. Algo similar puede decirse de los salarios públicos, muy afectados por el ajuste fiscal”.
En ese contexto, Moldovan sostuvo que solo el crédito, que de por sí es muy heterogéneo y asimétrico en términos de su accesibilidad, ofrece perspectivas de crecimiento del consumo.
Y concluyó: “En la práctica, nos acercamos a una etapa en que la mejora de ingresos suele empezar a competir y generar tensiones con el objetivo de desinflación. El Gobierno parece decidido a compensar este problema a través de la apreciación cambiaria y la apertura. Eso plantea dudas respecto de los efectos productivos y sobre su sostenibilidad de mediano plazo”.
Desde otro punto de vista, y respecto al impacto que podría generar un aumento del consumo en la inflación, Alaniz opinó que no necesariamente se va a producir una suba.
“Creo que habría más posibilidades de que ocurra si hubiera un crecimiento generado por ampliar la base monetaria. Me parece que como el proceso de recuperación es tan paulatino, hay un entorno competitivo que de algún modo u otro va a estar controlando y equilibrando precios. La mejora para las compañías es lenta y por más que el consumo se recomponga este año, los volúmenes todavía están por debajo de 2023. Es decir, todavía las empresas están corriendo un poco de atrás”, contó Alaniz.
Economia
Entre Ríos busca aprobar en 2025 un impuesto con efecto retroactivo al año 2024
Aunque el gobernador del la provincia, Rogelio Frigerio, anunció que reducirá Ingresos Brutos, el autor de la nota señala que un proyecto enviado a la Legislatura provincial viola el principio constitucional de que no hay tributo sin ley y el del código civil acerca de la irretroactividad de las leyes
El proyecto contenido en el Expediente N° 27856 30700 M.E., que no fue aún sancionado por la legislatura de Entre Ríos, trae como propuesta en su artículo 27 ratificar el “adicional inmobiliario y automotor” creado por la ley 10.270, para los períodos fiscales 2024 y 2025
Antecedentes de la ley 10.270
La ley 10.270 de diciembre de 2013 modificó el Código Fiscal de la Provincia estableciendo un adicional de un 20% a un 30% sobre el impuesto inmobiliario o automotor. En las boletas del impuesto esto se identifica en un ítem como “Fondo de Seguridad Social Ley 10.270/Ley 10.403″.
El artículo 24 de dicha ley le dio, originalmente, vigencia a este adicional hasta el 31 de diciembre de 2015, la cual se fue prorrogando año a año en cada ley de presupuesto.
Por el artículo 26 de la ley 10.754 (Presupuesto 2020), del 27 de noviembre de 2019, se prorrogó el adicional hasta el 31 de diciembre de 2023, mediante la ampliación de la vigencia de los Artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 8° y 9° de la Ley N° 10.270.
El proyecto cuestionado
El proyecto trae como propuesta en su art. 27 el siguiente texto: “Ratifícase la vigencia de los Artículos 139 °, 140 °, 197 °, incisos h) y c’), 269 ° y 284 °, inciso j), del Código Fiscal (T. O. 2022 ), en la redacción dada por la Ley N° 10270, para los períodos fiscales 2024 y 2025″.
Esta norma propone darle vigencia –con una ley que se sancionaría en el 2025- a los adicionales previstos para el impuesto inmobiliario y para el impuesto a los automotores para los períodos fiscales de los años 2024 y 2025.
Sin embargo, durante el año 2024, en las boletas de liquidación de dichos impuestos emitidas por la ATER se incluyó el concepto “Fondo de Seguridad Social Ley 10.270/Ley 10.403″ y la Provincia percibió de los contribuyentes que abonaron total o parcialmente dichos tributos los importes correspondientes a los adicionales pese a que no existía una norma que la autorice.
El proyecto en cuestión fue ingresado por el Poder Ejecutivo y tuvo media sanción en la Cámara de Diputados en el año 2024, pero para el caso resulta importante analizar dicha norma desde la perspectiva de los principios tributarios por cuanto el Senado la está tratando en el año 2025.
Contra la Constitución y el Código Civil
Si hay un principio aceptado por la jurisprudencia en materia tributaria es que “no existe tributo sin ley”, ello con base en el principio constitucional de legalidad tributaria.
Además, va de suyo que la ley debe ser anterior al hecho imponible que hace nacer la obligación tributaria, toda vez que la Corte Suprema tiene dicho que, atendiendo a la naturaleza de las obligaciones fiscales, rige el principio de reserva o legalidad (Fallos: 312:912), ámbito en el cual la Ley Fundamental impone su aplicación en los arts. 4, 17 y 75 (Fallos: 321:1888).
Esto implica que ninguna carga tributaria puede ser exigible sin la preexistencia de una disposición legal encuadrada dentro de los preceptos y recaudos constitucionales, o sea válidamente creada por el único poder del Estado investido de tales atribuciones (Fallos: 316:2329; 318:1154; 319:3400; 321:366; 323:240; 346:441). En el mismo sentido ha dicho que el cobro de un impuesto sin ley que lo autorice es una exacción o un despojo que viola el derecho de propiedad reconocido en el artículo 17 de la Constitución Nacional (Fallos: 180:384; 184:542, 186:521).
Adicionalmente, en nuestro país la irretroactividad en materia tributaria constituye, una garantía implícita resultante de los artículos 1°, 14, 17, 28 y 33 de la Constitución Nacional.
El Código Civil, por su parte, establece en su art. 7 que las leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario; y agrega que la retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales.
Derechos y garantías
La sanción de una norma como la propuesta, pretendiendo ratificar la vigencia en el año 2025 de “adicionales” para el período fiscal 2024, afecta derechos y garantías de los contribuyentes quienes tendrán a su disposición el derecho de reclamar el reintegro o compensación de los tributos pagados sin fundamento legal o constitucional.
Una ley en este sentido no supera ningún test de constitucionalidad de ningún país del mundo.
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