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Economia

Por las asignaciones específicas, las provincias pierden 5.000 millones de dólares en el presupuesto 2025

El superávit planificado por Milei se lograría a costa de un nuevo ajuste sobre las provincias.

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El presupuesto 2025 proyecta una recaudación total de $ 175 billones. Excluyendo los Derechos de Exportación e Importación, el Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios y demás tributos y tasas con asignaciones específicas (pero de menor cuantía), esta masa de recursos se distribuye según los parámetros de la Coparticipación Federal de Impuestos.

 

Este esquema establece que la distribución primaria se hará de acuerdo a los siguientes porcentajes:

 

  1. 42,34% en forma automática a la Nación (de este porcentaje se reasigna un 0,70% para Tierra del Fuego y un 1,40% a la CABA).

  2. 54,66% en forma automática al conjunto de provincias adheridas.

  3. 2% en forma automática para el recupero del nivel relativo de las siguientes provincias: Buenos Aires 1,5701%; Chubut 0,1433%; Neuquén 0,1433%; Santa Cruz 0,1433%.

  4. 1% al Ministerio del Interior para el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.

 

En definitiva, y luego de las detracciones, el 57,66% de los recursos -con las excepciones ya señaladas- deberían terminar en las arcas provinciales.

 

Sin embargo, existen tres asignaciones específicas que implican una resignación de recursos para las provincias de $ 6 billones (considerando el TC del presupuesto a diciembre de 2025, dólares 5.000 millones, aprox.): la asignación específica del 11% de IVA; los fondos y fideicomisos del impuesto a los combustibles; y el componente impositivo del Monotributo que se asigna a la Seguridad Social.

Por las asignaciones específicas, las provincias pierden 5.000 millones de dólares en el presupuesto 2025

 

 

  1. El Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

La ley 20.631 creó el Impuesto al Valor Agregado fue sancionada el 27 de diciembre de 1973 y comenzó a regir en 1975. Su creación suponía el reemplazo al impuesto a las ventas (de carácter nacional) y el impuesto sobre las actividades lucrativas (provincial).

 

Del propio mensaje de envío del proyecto de ley surge que la creación de un impuesto a los consumos «único» propiciaba la sustitución del impuesto a las ventas nacional, pero que también requería que los gobiernos locales (Provincias) deroguen impuestos locales con base de imposición análoga (el impuesto a las actividades lucrativas provincial).

 

Posteriormente, la ley 23.349, sancionada el 7 de agosto de 1986 y publicada el 25 de agosto del mismo año estableció un nuevo régimen para el IVA, unificando la alícuota en el 18% y definiendo la coparticipación total de lo recaudado por el tributo (artículo 9º de dicha ley).

 

Pero el destino de la recaudación del IVA se modificó por la ley 23.966, sancionada el 1º de agosto de 1991. Mediante el punto 2 del artículo 5º de dicha norma, se decidió la afectación del 11% de lo recaudado por el IVA al Régimen Nacional de Previsión Social.

 

Esta asignación específica a la Seguridad Social del 11% de lo recaudado por el IVA se mantiene en la actualidad, y con vigencia hasta el año 2027, por la aplicación de las siguientes leyes:

 

    1. El artículo 76 de la ley 26.078, que aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, prorrogó la asignación específica del IVA al Sistema de la Seguridad Social.

    2. El artículo 4º, inciso a) de la ley 27.432 prorrogó esta asignación específica hasta el 31 de diciembre de 2022.

    3. Finalmente, el artículo 2º de la ley 27.702 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2027 la asignación específica de lo recaudado por el IVA (y el resto de tributos con este tipo de asignaciones).

  1. Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono. Ley 23.966, título III, y ley 27.430.

 

El producido de los impuestos, para el caso de las naftas, gasolinas, solvente, aguarrás, gasoil, diésel oil y kerosene, se distribuye de la siguiente manera:

 

  1. En primer lugar, 10,40% al Tesoro Nacional y 10,40% a las Provincias.

  2. El 79,2% restante tiene las siguientes asignaciones específicas (que no implican una distribución directa a las provincias, dado que la administración de estos recursos específicos no responde siempre a parámetros objetivos):

    1. 15,07% al Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI), ley 21.581.

    2. 28,69% al Sistema Único de Seguridad Social.

    3. 4,31% al Fideicomiso de Infraestructura Hídrica, Decreto 1381/2001.

    4. 28,58% al Fideicomiso de Infraestructura de Transporte, Decreto 976/2001.

    5. 2,55% a la Compensación Transporte Público, Decreto 652/2002.

 

Esto sin contemplar la importante masa de recursos que pierden muchas provincias por el gasto tributario que implica la diferencia entre las sumas fijas aplicadas sobre las ventas de naftas y de gasoil y en la exención que rige para los combustibles utilizados en la zona sur del país. En el presupuesto 2025 el gasto tributario proyectado por este ítem asciende a $2,8 billones, equivalentes a 0.36% del PBI.

Por las asignaciones específicas, las provincias pierden 5.000 millones de dólares en el presupuesto 2025

 

  1. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Ley 26.545 y leyes 27.432 y 27.702.

 

El artículo 6º de la ley del Régimen Simplificado establece que el pago del monotributo sustituye el pago del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), dos tributos coparticipables.

 

Ahora bien, la recaudación por dicho componente impositivo no se distribuye en su totalidad según los parámetros de la ley de Coparticipación, sino que:

 

  1. 30% se destina a las Provincias, de acuerdo a distribución secundaria, y;

  2. 70% a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

 

Esta asignación específica vence, también, el 31/12/2027.

 

A modo de conclusión, con el pasar de los presupuestos las provincias han ido perdiendo recursos coparticipables en detrimento de lo asignado al Tesoro Nacional.

 

La única excepción relevante a esta regla fue el DNU 206/2009, que creó el Fondo Federal Solidario, con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial.

 

El decreto asignaba el 30% de las sumas que el Estado Nacional percibiera en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, a las provincias y la distribución de esos fondos se efectuaba, en forma automática, de acuerdo a los porcentajes establecidos en la ley de Coparticipación Federal.

 

Ese esquema excepcional de distribución de recursos propios del Tesoro fue derogado por el DNU 756, en agosto de 2018, y luego de que en junio del mismo año el Directorio Ejecutivo del FMI aprobara un Acuerdo Stand-By por USD 50.000 millones para Argentina.

Nunca las provincias vieron tan afectadas las transferencias por parte del gobierno nacional. En el 2025 el superávit de las cuentas públicas nacionales lo sostienen las provincias

Ahora bien, lo novedoso de la situación actual es que nunca las provincias vieron tan afectadas las transferencias por parte del gobierno nacional. Ya sea trasferencias directas como así también la eliminación de rubros como el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).

 

Si el Gobierno nacional avanza en la transferencia de obligaciones a las provincias, las provincias deberán reclamar fondos que les pertenecen y que son «retenidos» por leyes y decretos que establecen asignaciones específicas a determinados recursos coparticipables.

 

Si esto no se revisa, en el 2025 el superávit de las cuentas públicas nacionales lo sostienen las provincias.

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Cuánto se necesitó en octubre para criar un hijo en la Argentina, según el INDEC

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El organismo publicó las cifras que se requieren para cubrir las necesidades de un menor. El valor más alto corresponde a los nenes de entre 6 a 12 años, para lo que se necesitaron $479.723 en el décimo mes del año.

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) difundió este jueves el dato de la Canasta Crianza. En octubre, -con una inflación de 2,7%-, el costo de la crianza de un bebé menor de un año fue de $388.184 por mes. En el mismo período del 2023, se necesitaron $141.320.

Para los chicos de entre uno y tres años, el costo fue de $460.220 mientras que para el rango etario de cuatro a cinco fue de $381.230; y para los menores de seis a 12 años se necesitaron $479.723.

El indicador que mide el organismo que conduce Marco Lavagna releva, por un lado, los costos mensuales de los bienes y servicios esenciales para la protección de la primera infancia, la niñez y la adolescencia. Por el otro, el costo del cuidado, que es el tiempo en horas requerido para cada uno de los tramos de edad.

El INDEC publicó los datos de la canasta crianza de octubre de 2024. (Foto: INDEC)
El INDEC publicó los datos de la canasta crianza de octubre de 2024. (Foto: INDEC)

Para calcular el índice se tiene en cuenta el costo de la alimentación, la vestimenta, el transporte, la educación, la salud y la vivienda, entre otros servicios esenciales. De acuerdo al INDEC, esta medición tiene como objetivo que sea utilizado por el Poder Judicial como referencia en los litigios por cuota alimentaria.

En octubre, el costo mensual de bienes y servicios fue de $111.749 para menores de un año; $144.294 entre uno y tres años; $183.776 entre cuatro y cinco años; y $227.975 entre seis y 12 años; mientras que el costo de cuidado fue de $276.435, $315.926, $197.454 y $251.748, respectivamente.

Para criar a un hijo de hasta 12 años en total se necesitó durante octubre:

  • Menor de un año: $388.184
  • De uno a tres años: $460.220
  • De cuatro a cinco años: $381.230
  • De seis a 12 años: $479.723

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Tras acordar con los gremios, Aerolíneas desestima el plan preventivo de crisis y avanza con la privatización

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La compañía aérea dio por finalizado el conflicto con los sindicatos después de cerrar aumentos salariales y algunos cambios en los convenios colectivos de trabajo. De qué manera sigue el proceso para que la compañía pase al sector privado.

Después de una semana de extensas reuniones, el directorio de Aerolíneas Argentinas cerró un acuerdo con los principales gremios aeronáuticos y dio por finalizado el conflicto. Más allá de los detalles, con este entendimiento el Gobierno asegura que no presentará el Procedimiento Preventivo de Crisis y analiza de qué manera avanzar con la privatización de la empresa.

Este jueves, la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA), la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) y la Asociación del Personal Aeronáutico (APA), convalidaron el acuerdo alcanzado con los directivos de Aerolíneas, que incluye aumentos salariales de 16% y algunos cambios en los convenios colectivos de trabajo.

En concreto, entre las modificaciones acordadas, los pilotos y tripulantes dejarán de ser trasladados en remis y se implementará un sistema de viáticos después del verano, así como dejará de contabilizarse el inicio de la jornada laboral cuando salen de su casa y comenzarán su horario de trabajo cuando lleguen a los aeropuertos. Tampoco contarán con asiento de descanso en clase ejecutiva para vuelos a Europa y dejarán de tener pasajes vacacionales para ellos y sus familiares directos.

Por su parte, los mecánicos y el personal de rampa se podrán mover entre hangares y líneas de trabajo de acuerdo a la necesidad de personal, solo por poner algunos ejemplos. El Gobierno afirma que esta serie de cambios permitirán un “aumento significativo en los índices de productividad”.

Aerolíneas Argentinas. (Foto: AFP)
Aerolíneas Argentinas. (Foto: AFP)

“Muchas de estas restricciones estaban vigentes hace más de una década y tenían un impacto negativo en la eficiencia de la operación y en los resultados económicos de la compañía. Estos avances permiten garantizar un periodo de estabilidad en la programación que abarcará toda la temporada de verano”, defendieron fuentes oficiales.

Tras acordar con los gremios, Aerolíneas desestima el Procedimiento Preventivo de Crisis y avanza con la privatización

De esta manera, el Gobierno entiende que desde que se pactaron estos cambios, ya no será necesario presentar el Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC), un instrumento legal que, de aprobarse en la Secretaría de Trabajo, permite suspender personal o directamente reducir nóminas pagando menos indemnizaciones.

Aerolíneas había amenazado con acudir a esa estrategia de presión en caso de que las negociaciones con los gremios no se resolvieran y siguieran las medidas de fuerza. De hecho, equipos legales comenzaron a evaluar cómo hacer la presentación ante las autoridades de Trabajo, pero finalmente lo desestimaron.

“De momento el PPC queda sin efecto porque se acordó con los sindicatos”, determinó un funcionario involucrado en las conversaciones. Y otro advirtió: “Siempre que no surjan otras acciones, no resulta necesario presentarlo”.

Pero además, en el Ejecutivo consideran que el camino se allana y que el convenio alcanzado con los gremios ayuda a avanzar hacia el “horizonte de la privatización”. Fundamentalmente porque creen que los aspectos de los convenios obstaculizaban las operaciones y ahora la empresa se vuelve más “eficiente” y, por consiguiente, más atractiva para un eventual comprador interesado.

El camino hacia la privatización se mantiene. Se seguirá adelante con la idea de que Aerolíneas deje de ser parte del Estado argentino”, explicaron en la Casa Rosada.

Entre las alternativas sobre la mesa, hay varias que se barajan a la hora de pensar en la posible privatización de Aerolíneas Argentinas. En primer lugar, para que el Estado se desprenda de la compañía es necesaria la aprobación del Congreso.

En este sentido, en el oficialismo analizan respaldar un proyecto que ya fue presentado por el legislador del PRO, Hernán Lombardi, y discutir algunos cambios, o presentar una iniciativa nueva. En la Agencia de Transformación de Empresas Públicas también suman como opción la posibilidad de entregar parte de las acciones de la empresa a los empleados.

Pero de cualquier forma, la continuidad de este plan está sujeta al apoyo del Congreso. Es decir, que otro camino posible es esperar hasta que el oficialismo cuente con mayor apoyo legislativo, algo que está convencido que sucederá pasadas las elecciones de medio término. En todo caso, hay una definición que es clara y repiten algunos referentes del Ejecutivo: la privatización de Aerolíneas avanzará cuando la ecuación parlamentaria lo permita.

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Juicio por YPF: los beneficiarios del fallo rechazan que EE.UU. haya intervenido en favor de la Argentina

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A través de una carta a la jueza Loretta Preska, cuestionaron la presentación del departamento de Justicia norteamericano en su disputa por la “inmunidad absoluta” para los activos extranjeros.

Los beneficiarios del fallo por la expropiación de YPF rechazaron este jueves que el departamento de Justicia de Estados Unidos haya intervenido en favor de la Argentina para oponerse a la entrega de acciones de la petrolera como forma de pago de la sentencia por US$16.000 millones.

El grupo, entre los que se encuentran el síndico que lleva la quiebra de Petersen Energía Inversora S.A.U. y el fondo Eton Park Capital Management, busca que el tribunal ordene a la Argentina entregar su 51% de participación en YPF como compensación parcial por los daños que alegan haber sufrido.

A través de una carta a la jueza Loretta Preska, los beneficiarios cuestionaron la presentación del departamento de Justicia norteamericano en su disputa por la afirmación de “inmunidad absoluta” para los activos extranjeros ubicados en el exterior.

“Los acreedores comenzaron su carta cuestionando el momento de la presentación de los Estados Unidos, señalando que dicho país ha estado al tanto del caso desde al menos 2019, cuando presentó un escrito de amicus curiae oponiéndose a la solicitud de la Argentina en la Corte Suprema”, explicó Sebastian Maril, analista de Latin Advirsors.

La jueza Loretta Preska. (Foto: Reuters)
La jueza Loretta Preska. (Foto: Reuters)

En ese sentido, el escrito apuntó: “La presentación de Estados Unidos ignora descaradamente el precedente más pertinente de la Corte Suprema (Argentina contra NML Capital), un caso en el que Estados Unidos también se puso del lado de Argentina contra el texto claro de la FSIA y perdió”.

“La Declaración de Intereses no pone en duda la exactitud de la decisión de este Tribunal en el caso Bainbridge Fund que dictaminó que la propiedad de un estado extranjero no es inmune a la ejecución en virtud de su ubicación fuera de los Estados Unidos; y la Corte tiene la autoridad para ordenar a un estado extranjero que traiga sus propiedades a los Estados Unidos si no queda inmune a la ejecución posterior”, enfatizó.

Los otros casos judiciales contra la Argentina que pueden tener novedades en las próximas semanas

Este miércoles, la Argentina y el fondo Titan Consortium acordaron los términos del pago de US$340 millones más intereses. Se trata de un caso por la expropiación de Aerolíneas Argentinas, que tenía sentencia del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a inversiones (CIADI) y que la Justicia de EEUU habilitó en agosto la ejecución de esa deuda.

El entendimiento entre los abogados del país y los demandantes es “sobre los términos y condiciones de la sentencia en el caso expropiación de Aerolíneas. La Argentina deberá abonar US$389,5 millones incluyendo intereses que, a partir del día del fallo acumularán a una tasa variable que hoy es de 5,11%”, explicó a TN Sebastian Maril, que sigue el detalle de los juicios contra el país en el exterior.

El revés en el caso Aerolíneas se suma a la lista de condenas contra la Argentina en tribunales internacionales, de las que se esperan novedades en las próximas semanas.

El 21 de noviembre se cumple el plazo para que el país pague o acuerde con los beneficiarios de la sentencia por US$1500 millones en Gran Bretaña por el caso de manipulación de estadísticas del Indec durante el kirchnerismo, conocida como la causa del “Cupón PBI”. Ese día los demandantes pueden ejecutar la garantía de 313 millones de euros que el país depositó en marzo para seguir el camino de la apelación, que ya quedó cerrado.

De manera paralela, la Argentina presentó un escrito inicial en la apelación por el caso conocido como Cupón PBI en Nueva York. Esa demanda había sido presentada de manera inicial en 2019. En abril, la jueza Preska falló a favor de la Argentina, porque los inversores no cumplieron ciertos requisitos, pero en septiembre los demandantes hicieron una nueva presentación por US$1300 millones.

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