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Economia

Conflicto por la movilidad: cuánto cobrarían los jubilados si se aplicaran los cambios que aprobó el Congreso

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El Senado aprobó ayer una ley que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria establecida por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274. Esta decisión generó una fuerte controversia, ya que la nueva normativa propone un aumento de los haberes previsionales y una recomposición de los ingresos que, según el Ejecutivo, comprometería gravemente el equilibrio fiscal del país. El presidente Javier Milei advirtió en reiteradas ocasiones que vetará la ley, alegando que su implementación implicaría un costo insostenible para el Tesoro. A continuación, se analizan las principales claves de la reforma aprobada por el Senado, los impactos sobre los ingresos de los jubilados y las diferencias con la fórmula vigente impulsada por el Gobierno.

Los puntos clave de la nueva ley de movilidad

La ley aprobada por el Senado establece una serie de modificaciones importantes en la fórmula de actualización de las jubilaciones pensiones, que en la práctica aumentarán los haberes de los beneficiarios del sistema previsional. Entre los aspectos más destacados del nuevo esquema de movilidad jubilatoria, se encuentran los siguientes:

  • Aumento de los haberes previsionales: La nueva ley dispone un aumento de 7,2% en los haberes previsionales del sistema general de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), con efecto retroactivo a abril de 2024. Este reajuste llevará el haber mínimo, que actualmente se ubica en $234.540 para septiembre, a $251.427. Asimismo, se establece una garantía por la cual el ingreso más bajo del sistema contributivo será de $317.704. Este monto se calcula multiplicando por 1,09 el valor de la Canasta Básica Total (CBT) para un adulto equivalente, que en julio fue de $291.471,73.
  • Pago de un extra del 8,1%: La nueva fórmula incluye un pago adicional del 8,1% a todos los jubilados y pensionados de la ANSES. Este incremento tiene como objetivo recomponer los haberes tras la elevada inflación de enero, que alcanzó el 20,6%, mientras que el Gobierno solo reconoció un aumento del 12,5%. Con este ajuste, el haber mínimo ascendería a $285.000, un alivio importante frente al contexto inflacionario actual.
  • Movilidad mensual por inflación: La ley establece que las jubilaciones y pensiones se actualizarán mensualmente en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Esto significa que los haberes previsionales se ajustarán de acuerdo con la inflación registrada dos meses antes. Si bien este esquema ya había sido implementado por el DNU 274, la nueva ley lo convierte en ley formal, asegurando su continuidad y evitando potenciales modificaciones por parte del Ejecutivo.
  • Ingreso mínimo garantizado: La norma dispone que los beneficiarios que perciban un solo haber previsional recibirán un ingreso mínimo garantizado equivalente al valor de la CBT multiplicado por 1,09. Para el mes de septiembre, este umbral se ubicaría en $317.704, un 4,3% más que los $304.540 previstos en caso de que el Gobierno continúe otorgando un bono de $70.000 a quienes cobran los haberes más bajos. Este mecanismo busca reemplazar los bonos extraordinarios otorgados en los últimos meses, que estaban sujetos a decisiones discrecionales del Ejecutivo.
  • Compensación retroactiva: La ley establece que los jubilados y pensionados que recibieron aumentos por debajo de la inflación en meses previos tendrán derecho a una compensación retroactiva. Por ejemplo, el haber mínimo de abril debería haber sido de $183.615 en lugar de los $171.283 abonados, mientras que en mayo, el ingreso mínimo habría sido de $203.832, frente a los $190.141 realmente percibidos. Este ajuste también se aplicaría a los haberes de junio, julio y agosto, con lo cual la ANSES deberá liquidar diferencias en los pagos de los últimos meses.

Diferencias con la fórmula vigente

La fórmula de movilidad jubilatoria vigente, establecida por el DNU 274 firmado por Milei, establece que los haberes previsionales se actualicen mensualmente en función de la inflación. Desde abril de este año, las jubilaciones se ajustan según el índice de precios del INDEC con dos meses de rezago, lo que significa que el aumento de septiembre, por ejemplo, se calculó con base en la inflación de julio, que fue de 4,03%. Bajo este esquema, los jubilados recibieron aumentos del 4,18% en julio y del 4,6% en agosto, mientras que en meses anteriores los reajustes fueron de 8,8%, 11% y 13,2%.

Sin embargo, la principal diferencia entre la fórmula vigente y la aprobada por el Senado radica en la compensación adicional del 8,1% que se otorgaría a los jubilados para recomponer sus ingresos tras la elevada inflación de enero. Según el DNU 274, el Gobierno otorgó en abril un incremento extraordinario del 12,5%, pero este aumento no cubrió el total de la inflación acumulada en el primer mes del año, lo que generó una pérdida del poder adquisitivo para los jubilados. La ley aprobada en el Congreso busca corregir esta situación, al tiempo que introduce la garantía de un ingreso mínimo vinculado a la CBT, que reemplazaría a los bonos extraordinarios.

Efectos sobre los jubilados

La aprobación de la nueva ley tendría un impacto directo y significativo sobre los ingresos de los jubilados y pensionados. Si se aplicaran los cambios propuestos, los haberes mínimos aumentarían en un 7,2% con efecto retroactivo a abril. Esto implicaría un incremento de aproximadamente $17.000 en septiembre, elevando el haber mínimo de $234.540 a $251.427. Asimismo, aquellos jubilados que perciben un único haber previsional tendrían garantizado un ingreso mínimo de $317.704, una cifra superior a la que recibirían si el Gobierno decidiera continuar con el bono de $70.000.

Por otra parte, los jubilados también recibirían una compensación retroactiva por los meses en que los aumentos otorgados por el Gobierno no cubrieron la inflación acumulada. Este ajuste beneficiaría especialmente a quienes cobran haberes mínimos, ya que recibirían sumas adicionales por los meses de abril a julio, durante los cuales los incrementos fueron menores a los previstos por la ley aprobada.

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El consumo de ropa no repunta: las ventas cayeron hasta 25% entre julio y agosto

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En un contexto marcado por la pérdida del poder adquisitivo, la gran mayoría de las empresas del sector de la indumentaria reportaron caídas en las ventas de hasta el 25% durante el bimestre julio-agosto. A nivel interanual, el consumo cayó 11% contra ambos meses de 2023.

Los datos surgen de una encuesta a 68 compañías del rubro realizada por la Cámara Argentina de la Indumentaria (CIAI). Durante el séptimo y octavo mes del año, el 37% de los encuestados reportaron una disminución de las ventas entre el 15 y 25%. “Aunque las caídas se intensificaron en comparación con el bimestre anterior, la desaceleración en la tendencia negativa es evidente en relación con los primeros bimestres del año”, sostuvieron desde la entidad.

De acuerdo al informe, la caída fue del 22,7% en el primer bimestre del año y del 22,5% en el segundo, mientras que el período mayo-junio llegó al 7,8% y en julio-agosto trepó al 11,3% interanual.

(Foto: CIAI)
(Foto: CIAI)

La encuesta también revela que el 4 de cada 10 empresas redujeron su personal en dicho período, principalmente, por despidos, renuncias no reemplazadas y jubilaciones. Por el contrario, solo el 5,9% incorporó nuevos empleados.

Por su parte, el 38% de los encuestados respondió que cuentan con “niveles excesivos de stock” en relación con sus ventas. En cuanto a la producción de prendas de vestir, el 43% de las empresas utiliza una combinación de producción interna y externa. Mientras que el 29% produce a través de talleres de terceros y el 28% confecciona en sus propias instalaciones.

Según datos de CAME, en tanto, el consumo de indumentaria disminuyó 8% interanual en agosto y 3,8% en julio. Desde el sector mostraron preocupación sobre qué sucederá con la ropa de la nueva temporada, sino comienza a reactivarse el consumo.

Por su parte, las prendas de vestir y el calzado subieron un 166,7% en los últimos 12 meses, mientras que la inflación interanual cerró en 236,7%, según el último dato del INDEC. En agosto, los productos de indumentaria se encarecieron 2,1%.

el 72% de las empresas del sector de la indumentaria reportaron caídas en las ventas de hasta el 25% durante el bimestre julio-agosto.  (Foto: Ilustrativa - Adobe Stock).
el 72% de las empresas del sector de la indumentaria reportaron caídas en las ventas de hasta el 25% durante el bimestre julio-agosto. (Foto: Ilustrativa – Adobe Stock).

Las expectativas del sector de indumentaria para lo que resta del 2024

De cara a los últimos meses del año, la encuesta realizada por la Cámara Argentina de la Indumentaria (CIAI) arrojó que:

  • El 51% prevé un año regular;
  • El 24% mantiene expectativas positivas;
  • El 19% prevé un panorama negativo y
  • El 4% espera un escenario muy desfavorable.
  • En tanto, el 1% de los encuestados manifestó expectativas muy positivas para el cierre del año.

Según datos del INDEC, el rubro prendas de vestir y calzado fue la categoría que registró la menor suba mensual con el 2,1% por debajo del IPC general, que alcanzó el 4,2% en agosto. En los últimos 12 meses, los precios de los productos de indumentaria avanzaron 166,7%, mientras que la inflación interanual cerró en 236,7% en agosto.

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En el segundo trimestre del 2024, el desempleo fue de 7,6% y afectó a 1,7 millones de personas

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El desempleo en la Argentina llegó al 7,6% en el segundo trimestre de 2024, según informó este jueves el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC). A partir de las cifras se proyecta que 1,7 millones de personas sufrieron la falta de trabajo durante ese período.

El dato que publicó el INDEC releva el mercado de trabajo en un grupo de 31 aglomerados urbanos. Para alcanzar ese cálculo, se tienen en cuenta la estimación de la población y el porcentaje de los desocupado dentro de la población económicamente activa. La cifra representa una suba de 0,1 puntos en relación con los datos del primer trimestre que fue de 7,7%.

En tanto, al comparar el dato de desempleo del segundo trimestre de 2024 con el registro del mismo período de 2023, se reportó una suba de 1,4 puntos porcentuales, ya que había marcado una tasa de desempleo del 6,2%.

A su vez, el INDEC indicó que la tasa de actividad –que mide la población económicamente activa (PEA) sobre el total de la población– alcanzó el 48,5%; mientras que la tasa de empleo –que mide la proporción de personas ocupadas con relación a la población total– se ubicó en 44,8%.

El desempleo fue de 7,6% y afectó a casi 1,7 millones de personas durante el segundo trimestre de 2024. (Fuente: INDEC)
El desempleo fue de 7,6% y afectó a casi 1,7 millones de personas durante el segundo trimestre de 2024. (Fuente: INDEC)

Días atrás, la Jefatura de Gabinete expuso el informe de gestión ante el Congreso y planteó que no esperaba un cambio importante en este indicador.

De todas formas, respecto al deterioro de los índices laborales, justificó: “El proceso de ordenamiento de la macroeconomía argentina (en particular establecer el equilibrio fiscal y eliminar los factores endógenos de emisión monetaria) con el fin de reducir la inflación y establecer un sendero de recuperación económica sostenible requiere un esfuerzo temporal en términos de actividad económica que explicaron la caída del PIB en el primer trimestre del año y que tuvieron su impacto en el mercado de trabajo”.

Y matizó: “Sin embargo, la actividad económica ya comenzó a recuperarse, con varios sectores con buenas perspectivas y mejora de los más afectados durante los primeros meses del año y esto también está teniendo su impacto en el mercado laboral”.

Quiénes son los más afectados por el desempleo, según el INDEC

  • Dentro de la población de personas de 14 años en adelante, la desocupación fue de 8,4% para las mujeres y de 6,9% para los varones.
  • En tanto, las regiones que mostraron mayores cifras de desempleo fueron Gran Buenos Aires y Pampeana, con 8,3% y 7,6% respectivamente. Al mismo tiempo, se destaca que la región con menor desocupación fue Cuyo (5,1%).
  • El nivel educativo del 73,8% de las personas desocupadas llega hasta el secundario completo, mientras que un 26,2%, presenta nivel superior y universitario, completo o incompleto.
  • En cuanto al tiempo de búsqueda, el 73,8% lleva buscando empleo desde menos de 1 mes hasta 12 meses, mientras que el 26,2% lleva más.
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La Justicia ordenó el bloqueo de Magis TV, una de las redes de piratería audiovisual más grande del mundo

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La Justicia argentina tomó una decisión histórica que podría cambiar el panorama de la piratería audiovisual en la región al ordenar el bloqueo de todos los dominios vinculados al servicio ilegal de televisión por internet Magis TV, que es una de las redes piratas más grandes a nivel mundial. Además, en la misma resolución, se solicita a Google que prohíba el uso de la aplicación en su sistema operativo Android.

El fallo fue emitido por el juez Esteban Rossignoli, a cargo del Juzgado N°4 de San Isidro. La decisión se enmarca en la “Operación 404″, una investigación internacional contra la piratería coordinada por el Ministerio de Justicia de Brasil, con la participación activa de entes gubernamentales de la Argentina, Perú, Reino Unido y Estados Unidos.

Magis TV es el mayor servicio ilegal de Televisión por Protocolo de Internet (IPTV) en Latinoamérica, con aproximadamente 55 millones de visitas en los últimos seis meses. Este servicio retransmite contenido sin contar con los derechos correspondientes, lo que representa una violación a la propiedad intelectual y una amenaza para las industrias de televisión y entretenimiento.

Operación 404: Argentina, Perú, Reino Unido y EE.UU., en la investigación por Magis TV. (Foto: Prensa Alianza contra la Piratería Audiovisual)
Operación 404: Argentina, Perú, Reino Unido y EE.UU., en la investigación por Magis TV. (Foto: Prensa Alianza contra la Piratería Audiovisual)

En este contexto, el objetivo es bloquear la venta y distribución de TV Boxes, dispositivos que permiten a los usuarios acceder a una amplia gama de contenidos como canales de TV, películas y partidos de fútbol, de forma ilegal.

“Desde Telecom venimos denunciando en los distintos Marketplace las ofertas de estos servicios, pero hoy en día observamos que resulta insuficiente, ya que las formas de ofrecer y comercializar estos productos se ampliaron a otras plataformas como WhatsApp, Telegram, Tik Tok, Instagram, siendo imposible poder detectar a cada uno de estos ofrecimientos”, detalla el informe que la compañía envió a la Asociación de Televisión por Cable.

La denuncia penal que el área de Asuntos Penales y Delitos Tecnológicos de la empresa hizo contra Magis TV se sigue en una causa aparte que se tramita en la misma fiscalía, del Dr. Musso.

Tras el fallo judicial hubo allanamientos y detenciones

El operativo resultó en múltiples allanamientos en las provincias de Buenos Aires y Misiones que llevaron a la detención de cinco personas acusadas de violación a la Ley de Propiedad Intelectual. Entre los detenidos se encuentran Kevin Ariel Bentancur (27 años), Leopoldo Federico Peña (46) y Hugo Javier Mospan (47), todos involucrados en la comercialización de TV Boxes que vienen con la aplicación Magis TV preinstalada.

Los allanamientos se centraron en locales vinculados a las empresas “TodoTech” en Misiones y “Kive” en Buenos Aires, que se dedicaban a la venta de estos dispositivos. En total, se bloquearon 675 sitios web y 14 aplicaciones ilegales de streaming y música.

Operación 404: incautaron equipos, efectivo y hay cinco detenidos por vender TV Boxes con la app. (Foto: Prensa Alianza contra la Piratería Audiovisual)
Operación 404: incautaron equipos, efectivo y hay cinco detenidos por vender TV Boxes con la app. (Foto: Prensa Alianza contra la Piratería Audiovisual)

La sentencia emitida por el juez Rossignoli no se limita al bloqueo de los dominios. También se requiere que Google implemente medidas técnicas para desinstalar la aplicación Magis TV de todos los dispositivos que operen con direcciones IP en Argentina.

El fiscal Alejandro Musso, a cargo de la investigación en la Unidad Especializada en Ciberdelitos (UFEIC), expresó que esta medida es un paso crucial para proteger los derechos de autor y la propiedad intelectual en el entorno digital. “Esto no se ha hecho nunca”, sostuvo, resaltando la importancia de esta acción como un posible modelo a seguir para otros países.

Es que, además de la violación de derechos de autor, el uso de estas aplicaciones presenta serios riesgos para los usuarios, en tanto vienen acompañadas de virus que comprometen la seguridad de los dispositivos, robando datos personales y bancarios. Las descargas de contenido a través de estas plataformas no solo son ilegales, sino que también exponen a las personas a estafas y fraudes en línea.

Magis TV es el mayor servicio ilegal de Televisión por Protocolo de Internet (IPTV) en Latinoamérica
Magis TV es el mayor servicio ilegal de Televisión por Protocolo de Internet (IPTV) en Latinoamérica

La Alianza contra la Piratería Audiovisual fue la organización que impulsó la denuncia contra Magis TV en la Argentina. Este grupo nuclea a operadores de televisión de paga como DirecTV Latinoamérica y SKY Brasil, que trabajaron durante meses recopilando pruebas para demostrar la ilegalidad de Magis y otras plataformas similares.

El impacto de la piratería en la industria audiovisual es enorme, con estimaciones que indican pérdidas de hasta US$10 mil millones anuales en América Latina. Así, la Alianza subrayó la necesidad de continuar con estas acciones para proteger a los consumidores y la integridad del contenido digital.

Mientras tanto, la resolución del juez Rossignoli podría inspirar a otros países a implementar medidas similares, sentando así las bases para una lucha más efectiva contra la piratería digital en el continente. Esta batalla es esencial no solo para la protección de la propiedad intelectual, sino también para garantizar un mercado justo y competitivo para los creadores y las empresas que invierten en contenido original.

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