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Politica

El STJ del Chaco ordenó revisar la constitucionalidad del Impuestazo Municipal de 2020

Fue al anular dos fallos de la Sala 1 de la Cámara Contenciosa que declararon “abstractos” los reclamos de vecinos de Resistencia contra la Ordenanza Tributaria de 2020, aprobada al inicio de la gestión de Gustavo Martínez. Ahora, el máximo tribunal dispuso que se revise la constitucionalidad de la norma, lo que podría derivar en juicios al Municipio para exigir la devolución de lo ya abonado.

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A través de dos sentencias dictadas la semana pasada, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco le ordenó a la Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa que analice la constitucionalidad de la Ordenanza General Tributaria del año 2020, aprobada durante el primer año de gestión del exintendente Gustavo Martínez. Se trata de dos causas impulsadas por vecinos de la ciudad de Resistencia contra el denominado “impuestazo”.

Las sentencias Nº 256 y Nº 257 fueron dictadas el 6 de agosto pasado y lleva las firmas de los jueces Víctor Del Río, Emilia Valle, Alberto Modi, Iride Grillo y Néstor Varela.

Es que la Cámara Contenciosa, que integran las juezas Natalia Prato y Geraldine Varas, había declarado “abstractas” ambas causas remitiéndose a otro fallo del Superior Tribunal de Justicia del Chaco que hizo lo propio con una demanda de concejales opositores, encabezados por Fabricio Bolatti. En aquella ocasión, el argumento del máximo tribunal fue que los ediles habían cuestionado la irregularidad en la aprobación de la ordenanza pero que, al momento de dictarse la sentencia, se había superado el ejercicio 2020 por lo que ya no había objeto de litigio para resolver.

En estas dos causas los litigantes son vecinos de la ciudad de Resistencia y reclamaron que se declare inconstitucional a la Ordenanza General Impositiva y Tributaria para el ejercicio 2020 y la reducción del monto de los impuestos inmobiliarios y las tasas municipales “a su justa y real dimensión”. En su presentación, advirtieron que “el procedimiento de sanción no respetó el reglamento interno del Concejo Deliberante lo que produjo afectación de la participación ciudadana y aumentos irrazonables e injustos”.

Vale recordar que, en abril de 2023, el Superior Tribunal de Justicia ya había declarado inconstitucional la Ordenanza Tributaria Municipal de 2021 en base a las presentaciones realizadas por las empresas Car France SA e Hierros Líder, ya que el procedimiento de sanción de la misma se realizó contrariando lo que establece la Carta Orgánica: doble lectura y audiencia pública.

Es decir, el STJ mantiene dos criterios: uno para los particulares, para quiénes hace lugar a los planteos y otro para los concejales (representantes del pueblo), a quiénes se les rechazan o declaran abstractos, en base a cuestiones formales. Es que si se declaraba la inconstitucionalidad pedida por los concejales opositores, los efectos de la ordenanza anulada debían ser retrotraídos y, eventualmente, devueltos los montos cobrados de más y tampoco se hubiera obligado a los ciudadanos a recurrir al Poder Judicial.

Los fundamentos del STJ

En sus fundamentos, el STJ consideró que las sentencias de la Sala Primera de la Cámara Contenciosa solo citaron como argumento el fallo del máximo tribunal que declaró abstracta la causa impulsada por los concejales opositores “sin pronunciarse sobre las pretensiones deducidas en la demanda”. En ese contexto, advirtieron que “se verifica un déficit de fundamentación, en tanto en el presente existe una base fáctica diferente, soslayada en el decisorio, que amerita una respuesta jurídica ajustada a sus peculiaridades”.

En estos casos, los jueces del máximo tribunal destacan que “comparecen contribuyentes de la Ciudad de Resistencia, alcanzados por la norma objetada, alegando una concreta afectación a sus derechos de propiedad, igualdad, legalidad, publicidad y proporcionalidad”.

A diferencia del caso de los concejales, para el STJ en estos casos “se alega la afectación de derechos patrimoniales durante el término en que dichas ordenanzas estuvieron vigentes”. Así, afirmaron que se evidencia “un conflicto efectivo de intereses que debe encontrar respuesta jurisdiccional en el marco del sistema republicano y el Estado de Derecho, conforme a las alegaciones y pruebas de juicio”.

En ambas sentencias, el máximo tribunal consideró que existió una “omisión de considerar extremos relevantes para la decisión, mediante afirmaciones dogmáticas sin apoyatura en las concretas constancias del proceso y falta de fundamentación suficiente del acto jurisdiccional”.

Como conclusión, el STJ hizo lugar al recurso extraordinario y declaró la nulidad de las dos sentencias. Además, dispuso reenviar las causas al mismo tribunal para que las resuelva pero con una nueva integración.

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Politica

Una patrulla de gendarmes rescató a una familia de un incendio

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En el marco de patrullajes preventivos ante las condiciones climáticas adversas producto del “viento zonda”, hoy personal de la Sección Núcleo del Escuadrón 28 “Tunuyán” se desplazaban por la Ruta Nacional N° 40, altura del kilómetro 3200 cuando constatan un foco ígneo en un inmueble.

Al aproximarse algunos lugareños indicaron que había personas dentro de la vivienda, ante lo cual rápidamente se procedió abrir el portón de acceso y se escucharon pedidos de auxilio procedentes del interior de la casa. Los funcionarios tomaron las medidas necesarias acordes a la situación a modo de resguardar la integridad de todos. Al observar que el frente del inmueble estaba consumido por las llamas, se dirigieron por la parte posterior y con la ayuda de vecinos utilizaron elementos circunstanciales logrando abrir una de las ventanas y evacuar a las cinco personas, dos de ellos menores de edad (12 y 16 años respectivamente). Tras rescatar a todos los habitantes de la casa, el servicio médico los trasladó para un control debido a las lesiones acaecidas por el fuego e inhalación de humo.

 

 

A los pocos minutos, llegaron los bomberos voluntarios y controlaron el incendio.

Interviene la Unidad Fiscal “Valle de Uco” y la Policía de la provincia.

Los gendarmes fueron asistidos por integrantes del Pelotón Sanidad y se encontraban en buenas condiciones.

 

 

Integrantes de la Patrulla de la Sección Núcleo del Escuadrón 28 “Tunuyán” de Gendarmería Nacional:Sargento Primero Andrés Ignacio Markievich, Cabo Primero Germán Villalba (conductor), Cabo Juan Carlos Segundo y el Gendarme Lucas Benítez.

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Politica

Quedó detenido un exsecretario de Seguridad de la Alianza por su rol en la represión de diciembre de 2001

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Enrique Mathov, exfuncionario de Seguridad del gobierno de Fernando de la Rúa, se entregó este jueves en la justicia luego de que el Tribunal Oral Federal N°6 ordenara su detención y la del exjefe policial de la Alianza, Rubén Santos. Ambos fueron condenados por la represión de diciembre de 2001 que marcó el final del gobierno de la Alianza.

Los jueces dejaron firmes las condenas de cuatro años y tres meses para Mathov, y de tres años y seis meses para Santos.

Mathov ya había sido notificado de la disposición judicial en su contra y durante la mañana de este jueves se presentó en los tribunales de Comodoro Py. Pidió cumplir con un régimen de prisión domiciliaria debido a su edad (76 años). Santos había recibido autorización para viajar al exterior y, de acuerdo con el fallo, tiene 72 horas de plazo para asistir a sede judicial y que se haga efectiva la pena.

“En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, habiendo adquirido firmeza la sentencia de cuatro años y tres meses de prisión dictada en autos y encontrándose aquella ejecutable, cítese a Enrique José Mathov -a través de su defensa- para que se presente en el Tribunal el día jueves 19 de septiembre del corriente año a las 09:30 horas, a fin de estar a derecho y hacer efectiva la detención”, dice la resolución que lleva la firma de la jueza Adriana Palliotti.

La policía dispara contra manifestantes en diciembre de 2001. (Foto: Télam)
La policía dispara contra manifestantes en diciembre de 2001. (Foto: Télam)

Mathov cumplirá con su pena el 22 de mayo de 2028, mientras que Santos lo hará el 28 de septiembre de 2027, en los términos de la resolución.

Mathov y Santos fueron condenados por tres homicidios culposos: Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón murieron debido al accionar de la Policía el 19 y el 20 de diciembre de 2001. Tanto el exfuncionario como el jefe de la Federal fueron considerados responsables además de 25 casos de lesiones culposas, entre ellas la del exministro del Interior y actual senador nacional Eduardo “Wado” De Pedro.

El 20 de diciembre, Mathov dio la orden a Santos de despejar la Plaza de Mayo, poblada de manifestantes que reclamaban la renuncia de De la Rúa. La noche anterior, la Policía había reprimido la marcha frente a la Casa Rosada tras una jornada de saqueos y violencia en todo el país. El expresidente fue investigado y posteriormente sobreseído por lo ocurrido en aquellos dos días.

Hubo 9000 comercios saqueados en todo el país y 39 muertos como consecuencia del estallido. El primero de los hombres fuertes del Gobierno en anunciar su salida fue Domingo Cavallo, ministro de Economía que había ideado el “corralito”. Con el correr de las horas se fue sumando el resto de los integrantes del gabinete.

Mathov y Santos fueron condenados en 2016 junto a otros responsables de la represión. En 2021, la sentencia fue ratificada en 2021 por la Cámara Federal de Casación Penal y los acusados apelaron ante la Corte Suprema.

En las últimas horas, el máximo tribunal declaró “inadmisible” las presentaciones y, de esta manera, las condenas quedaron firmes. También hubo penas para los jefes policiales Raúl Roberto Andreozzi y Norberto Edgardo Gaudiero: los dos ya murieron.

Manifestantes corren sobre Avenida de Mayo cubierta de piedras. (Foto: archivo Clarín)
Manifestantes corren sobre Avenida de Mayo cubierta de piedras. (Foto: archivo Clarín)

Por la misma causa, al exagente Carlos José López le correspondieron seis años de prisión, a Roberto Emilio Juárez cuatro años y medio, a Jorge Daniel Toma y a Carlos Alberto Loforte los sobreseyeron por prescripción; Víctor Manuel Belloni fue condenado a tres años de cárcel y a Ariel Gonzalo Firpo Castro le dieron tres años en prisión en suspenso.

Los exagentes Sebastián Saporiti, Horacio Berardi, Mario Seia, Orlando Juan Oliverio, Carlos José López, Eugenio Figueroa, y Norberto Pablo Sabbino fueron absueltos.

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Politica

El sector del PJ que apoya a Kicillof busca marcarle la cancha a Máximo Kirchner en la previa a su acto

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La interna del Partido Justicialista (PJbonaerense sumó este jueves un nuevo capítulo a partir de las declaraciones de Andrés “Cuervo” Larroque, uno de los dirigentes más cercanos a Axel Kicillof, quien salió a marcarle la cancha a Máximo Kirchner en la previa al acto de La Plata.

Consultado en una entrevista con Radio 10 acerca de los sectores del peronismo provincial que llaman a “armar de nuevo” el espacio, el ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense hizo un llamado a la “colaborar” con el gobernador.

“Esperemos que todo sea con la intención de colaborar en el camino de sostener y respaldar a un gobernador que desde el primer minuto no dudó en posicionarse contra el gobierno de (Javier) Milei. En este contexto no hay otra cosa que hacer que bancar a Axel”, planteó Larroque.

El exlíder de La Cámpora señaló que Kicillof “necesita a todos” porque “una persona sola no puede resolver el drama de la Argentina”. Por eso, aseguró, “la construcción hoy pasa por el respaldo a Axel y, en términos políticos, por organizarse en función de esta gestión”.

Las declaraciones de Larroque se producen en la previa de un acto programado para este viernes en el que Máximo Kirchner, en su rol de titular del PJ provincial, se presentará frente a la militancia en el club platense de Atenas.

No es la primera vez que Larroque, quien fue durante años uno de los principales referentes camporistas pero luego se alejó para formar la agrupación La Patria es el Otro, intenta marcarle la cancha al hijo de CFK. Un tiempo atrás lo acusó, sin nombrarlo, de no haber acompañado a Kicillof en la campaña 2023. “¿Te quedaste la lista y tampoco repartís afiches? Dejate de joder”, disparó en ese momento.

“Armar de nuevo”: Máximo Kirchner encabeza un acto en La Plata con la mira puesta en las elecciones del PJ

El acto de Máximo Kirchner en La Plata, promocionado por Wado de Pedro en su cuenta de X.
El acto de Máximo Kirchner en La Plata, promocionado por Wado de Pedro en su cuenta de X.

El diputado nacional Máximo Kirchner encabezará este viernes un acto en la ciudad de La Plata, donde se esperan definiciones acerca del futuro del peronismo rumbo a las elecciones partidarias del 17 de noviembre.

El titular del PJ provincial se presentará desde las 17 en un encuentro frente a la militancia camporista bajo el lema “Armar de nuevo. Kirchner en Atenas”, que puede leerse como un intento de continuar el legado de sus padres.

El legislador disertará en el club platense de Atenas cuando faltan 60 días para que se lleven a cabo las elecciones del PJ nacional, una compulsa que hasta el momento tiene como único candidato al gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela.

En tanto, el fundador de La Cámpora se encuentra en tiempo de descuento para llamar a renovación de autoridades partidarias en territorio bonaerense, ya que así lo había estipulado el propio PJ bonaerense en mayo pasado. Según se había acordado en esa oportunidad, las elecciones del peronismo de Buenos Aires se llevarían a cabo al mismo tiempo que las internas nacionales.

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