Politica
La Corte dejó firme la responsabilidad penal de De Vido por la tragedia de Once, pero mandó a reducirle la pena
La Corte Suprema de Justicia dejó firme la responsabilidad penal del exministro Julio De Vido por la tragedia de Once, pero por tres votos contra dos decidió reenviar la causa a la Cámara de Casación para que dicte una nueva pena y no los 5 años y ocho meses de prisión que le habían sido impuestos.
De Vido, a pesar de contar con otras condenas, no irá preso porqué primero la Casación deberá dictar una nueva pena y luego revisarla la propia Corte Suprema de Justicia.
El fallo fue dictado por una mayoría integrada por los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorezentti y Mariano Borinsky, actuando como conjuez de la Corte. Votaron en el mismo sentido, de dejar firme la responsabilidad penal y la condena, el presidente de la Corte Horacio Rosatti y la conjuez Marina Cossio de la Cámara Federal de Tucumán.
Rosatti y Cossio votaron por rechazar los recursos de De Vido y dejar firme la condena de 5 años y medio, al aludir al articulo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que permite desestimar los reclamos sin dar mayores explicaciones, lo que deja firme la condena.
La Corte se integró con conjueces por la excusación de Juan Carlos Maqueda. De Vido estaba condenado a cinco años y ochos meses de prisión en el caso de la tragedia de Once, por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, en el juicio oral que concluyó en octubre de 2018. La Corte ya lo había absuelto por el delito de estrago.
La tragedia ocurrió el 22 de febrero de 2012 cuando una formación de la línea Sarmiento que estaba arribando a la plataforma número 2 de la estación terminal de Once no detuvo su marcha y embistió contra los paragolpes de contención. Provocó 51 muertes y 789 heridos.
Hubo dos juicios por esa tragedia en 2015 y 2017 donde fueron condenadas 22 personas. Todos están hoy en libertad condicional. El primer juicio fue contra el motorman del tren, Marcos Córdoba, los directivos de la empresa TBA, y los exsecretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi.
El segundo juicio fue contra De Vido, por entonces Ministro de Planificación Federal, y Gustavo Simeonoff, quien era el responsable de la Unidad de Renegociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos del Estado.
En el primer juicio hubo 21 condenados y 7 absueltos, En el segundo juicio, el 10 de octubre de 2018, el Tribunal Oral Federal 4 absolvió a De Vido por el estrago ferroviario, aunque lo condenó por administración fraudulenta a 5 años y 8 meses de prisión, además de inhabilitación a ejercer cargos públicos de por vida. También absolvió de todos los cargos a Simeonoff.
La Cámara de Casación, en una sala integrada por Gustavo Hornos, Eduardo Riggi y Liliana Catucci, confirmó esa condena contra de Vido que fue a la Corte. El máximo tribunal ahora confirmó la responsabilidad penal de De Vido en la tragedia, pero tres jueces de la mayoría se pronunciaron por reducir la pena de 5 años y ocho meses que le fue impuesta.
Los jueces dijeron que el fallo de la Casación que confirmó las condenas es “arbitraria” por haberse omitido el tratamiento de los agravios que planteó De Vido o porque los rechazó con “argumentos dogmáticos”. Dijeron los jueces de la Corte que se agravó la condena a De Vido al valorar el estrago, pero los magistrados recordaron que fue absuelto por ese delito.
Dijeron los jueces que es contradictorio valorar el estrago y el fraude para la pena cuando fue absuelto por el primer delito. “En función de la absolución respecto del delito de estrago, tal suceso no podía ser luego valorado como una circunstancia agravante al determinar la pena a imponer por el delito de defraudación”, señalaron.
Los jueces de la Corte mencionaron que la Casación no le contestó a este argumento de la defensa “que era conducente para la correcta solución de la causa”. El abogado de De Vido, Maximiliano Rusconi, destacó que no era proporcional la pena con la que le fue impuesta con el resto de los imputados. La de Vido era más severa que la del resto, que fueron condenados por los dos delitos: estrago y fraude y no por sólo el último de ellos, como en el caso del exministro.
Los jueces de la Corte le dieron la razón. Señalaron que la Casación rechazó este argumento mediante una fundamentación “aparente con el solo sustento de la voluntad de los magistrados”. Y agregaron que los jueces omitieron considerar el estado de salud y la avanzada edad del condenado, que pusieron en riesgo su vida cuando estuvo en prisión preventiva, dice el fallo.
“La sentencia debe ser descalificada como acto jurisdiccional válido en cuanto a la determinación de la pena de conformidad con la doctrina de la arbitrariedad de sentencias, puesto que el omitió el a quo tratamiento de los referidos agravios, inequívocamente conducentes o bien los desestimó mediante fundamentos dogmáticos, y lo decidido guarda relación directa e inmediata con las garantías que se invocan como vulneradas”, dijo la Corte.
Ahora será la Cámara de Casación con una nueva integración de esta sala, la que deberá fijar una nueva pena, que podrá ser luego revisada por la Corte.
CORRUPCION
CHACO MEGA CORRUPCION de LEANDRO ZDERO Diputados deunciaron el robo de 600 millones de pesos
Las pruebas aportadas por los legisladores Nicolás Slimel, Tere Cubells, Mariela Quirós y Analía Flores, exponen maniobras de triangulación –con empresas de Verga y los hermanos Julio Alberto y Juan Alberto Zalazar- y contratos fraudulentos, beneficiando a empresas sin antecedentes sólidos como VEZA SRL –propiedad de Verga-; o Smart Bull S.A.S. que, apenas creada, accedió a contratos millonarios bajo condiciones cuestionables. «Estas acciones no solo reflejan falta de transparencia, sino también el desmantelamiento de áreas clave de ECOM y el desplazamiento de personal idóneo para dar lugar a cómplices del entramado corrupto», indican los diputados.-
Los integrantes del interbloque subrayan la contradicción entre las promesas de campaña de Leandro Zdero, quien se comprometió a una gestión honesta y eficiente, y «la realidad que demuestran los actos de sus funcionarios, denunciados penalmente en las más variadas áreas de gobierno a menos de un año de gestión. Lo sucedido en ECOM Chaco no es un caso aislado, sino el resultado de una estructura de gobierno que prioriza los negocios personales sobre el bienestar de los chaqueños».
Exigimos justicia y transparencia
«Instamos a las autoridades judiciales a actuar con celeridad y determinación para investigar y sancionar a los responsables de estos actos. El saqueo sistemático a ECOM Chaco y a los recursos públicos merece un castigo ejemplar», expresaron ayer apenas presentada la denuncia.
«Las y los diputados del Interbloque Frente Chaqueño reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los intereses del pueblo, repudiando cualquier acto de corrupción que lesione el patrimonio estatal. Nos mantenemos firmes en nuestra lucha por una provincia con justicia, transparencia y gobierno al servicio de los ciudadanos. Por el pueblo del Chaco, exigimos respuestas y acciones concretas.», reiteraron finalmente.
CORRUPCION
Denunciaron al expresidente de Ecom: ‘Estamos hablando de compras por 600 millones de pesos’
Diputados del Frente Chaqueño afirman que las maniobras involucraron empresas de reciente creación vinculadas al exfuncionario. «Todo esto son sospechas, pero las pruebas son serias», aseguraron.
La diputada Analía Flores, acompañada por sus colegas Teresa Cubells, Nicolás Slimel y Mariela Quiroz, presentó una denuncia contra el expresidente de Ecom Chaco, Luis Ferga, por presunto lavado de activos. La acusación, radicada en la Justicia Federal, se sustenta en irregularidades administrativas y facturaciones sospechosas por un monto superior a los 600 millones de pesos.
Según el grupo de legisladores, las maniobras incluyeron la adjudicación de contratos a empresas de reciente creación y con presuntos vínculos directos con el denunciado. «Las facturas nos indican que estas empresas eran muy nuevas, algunas con menos de tres meses de existencia«, sostuvo la diputada Cubells.
En diálogo conN9, Cubells destacó: «Desde que asumió este nuevo gobierno, se nos habló de transparencia y limpieza, pero los hechos parecen mostrar lo contrario. Encontramos circuitos administrativos que no fueron respetados y empresas vinculadas a los mismos funcionarios de la gestión denunciada».
Por su parte, Analía Flores subrayó la solidez de las pruebas presentadas: «Hemos trabajado seriamente para analizar la documentación antes de radicar la denuncia. Ahora corresponde a la Justicia determinar si estas pruebas son suficientes para confirmar el delito».
La denuncia señala específicamente que las contrataciones de Ecom incluyeron empresas creadas poco antes de ser beneficiadas con compras millonarias. «Una de las firmas tenía como presidente al hermano de un socio de Ferga. Estas coincidencias son demasiado llamativas como para no ser investigadas«, añadió Cubells.
Asimismo, Flores remarcó la magnitud de las irregularidades: «Estamos hablando de compras por 600 millones de pesos que no siguieron los procedimientos establecidos. Las cifras son millonarias y las maniobras son demasiado evidentes«.
Los legisladores también cuestionaron la falta de respuestas del oficialismo ante estas denuncias. «No hemos recibido ninguna explicación. Lo único que queremos es que la Justicia investigue a fondo, porque esto no puede quedar en la impunidad«, sentenció Cubells.
La denuncia incluye un pedido formal para que se auditen todas las operaciones realizadas bajo la gestión de Ferga en Ecom, así como las vinculaciones empresariales del exfuncionario.
Por ahora, los denunciantes se mantienen a la espera de la respuesta judicial, confiando en que las pruebas presentadas sean suficientes para avanzar en la investigación. «La ciudadanía merece transparencia, y por eso estamos aquí«, concluyó Flores.
Politica
En la provincia con uno de los peores índices de embarazo adolescente, Leandro Zdero vetó la ley que apuntaba a reducirlos
Con el apoyo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, conocido como Plan ENIA. El veto se da en medio de un panorama grave: Chaco se ubica en tercer lugar entre las provincias que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana y una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos.
En sintonía con el reclamo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, que buscaba reemplazar al Plan Nacional ENIA, desfinanciado por Javier Milei. Dicha medida se da en una de las provincias con los peores indicadores de embarazo adolescente del país.
En 2018, Chaco adhirió al Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo no Intencional en la Adolescencia (ENIA). El mismo se implementó durante seis años con muy buenos resultados. A través de la capacitación en Educación Sexual Integral, Consejerías y Asesorías, se logró no sólo la reducción en un 50% del embarazo en la adolescencia, sino que también muchos adolescentes reconocieran haber sido víctimas de alguna situación de violencia sexual durante su vida. El plan se desarrolló con normalidad hasta la llegada del gobierno libertario que, a fines de marzo, decidió desfinanciarlo.
Para posibilitar su continuidad en la provincia, los diputados Pía Chiacchio Cavana, Tere Cubells y Santiago Pérez Pons presentaron el proyecto de ley mediante el cual se pretendía implementar un Plan ENIA local financiado con fondos provinciales, con el objetivo de garantizar los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de los adolescentes del Chaco. El proyecto fue sancionado el 23 de octubre pasado, con 20 votos afirmativos.
¿Qué dice la ley aprobada? Establece el acceso gratuito para los adolescentes de la provincia a métodos anticonceptivos, a educación sexual integral, a las asesorías en establecimientos educativos secundarios, a las consejerías en salud sexual y reproductiva en los Centros de Atención Primaria de la Salud, asesorías móviles y actividades de promoción comunitaria.
Entre los objetivos de la normativa, se encuentran los de sensibilizar a la población en general y a los adolescentes en particular sobre la importancia de prevenir y disminuir el embarazo no intencional en la adolescencia; incorporar a los centros de estudiantes en todo lo que respecta a la información del Plan ENIA; mejorar la oferta de servicios de salud sexual y reproductiva en relación con la disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad de las prestaciones; potenciar las decisiones informadas de los adolescentes para el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos y fortalecer las políticas públicas para la prevención del abuso y la violencia sexual.
Esta normativa, vale mencionar, se da en una de las provincias con peores indicadores de embarazo adolescente del país. De acuerdo a datos del Ministerio de Salud del Chaco, en 2021, mientras que a nivel nacional el 9,5% de 529.794 nacimientos correspondió a adolescentes menores de 20 años, en el Chaco 2786 niños y niñas nacieron de adolescentes menores de 20 años representando el 15 % de los nacimientos: casi 5 puntos porcentuales por encima de la media del país.
De ellos, 3.920 nacieron de adolescentes entre 15 y 19 años, y 130, de menores de 15 años. Similar comportamiento presenta la tasa de fecundidad en las adolescentes menores de 15 años.
Asimismo, según datos de 2020, la provincia se ubica en tercer lugar entre las que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana, con 3.7 nacimientos por cada 1.000 adolescentes mujeres de 10 a 14 años.
Chaco también destaca por ser una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos. En las maternidades de Resistencia, Villa Ángela, Las Breñas, Sáenz Peña y Castelli, 1 de cada 4 adolescentes menores de 20 años (25,6%) que tuvo un parto en 2019, se encontraba en esa situación.
Entre los factores que intervienen en la ocurrencia de embarazos no intencionales, para las adolescentes que inician o mantienen relaciones sexuales, se destaca la no utilización de métodos anticonceptivos (MAC) o su uso irregular o inconsistente; más frecuentemente de anticonceptivos hormonales orales (ACO) y preservativo masculino y a los factores de violencia que se mencionaron previamente.
La evidencia indica, además, que para una proporción importante de adolescentes en situación de pobreza -que son mayoría entre las adolescentes que han tenido partos-, la maternidad aparece como un pasaje a la vida adulta, y a una posición social de mayor reconocimiento considerando el mandato social de la maternidad como destino de la mujer, en detrimento del desempeño de otros roles, según se explica en el informe Ruta de acción: atención de niñas y adolescentes embarazadas menores de 15 años, elaborado en 2022 por Unicef y el Ministerio de Salud del Chaco.
Antiderechos
Varios gritos en el cielo fueron los que pegaron los sectores antiderechos más reaccionarios del Chaco tras enterarse de la sanción de la ley. Los más visibles fueron los agrupados en el Movimiento Unidos por la Vida y la Familia, una organización que congrega a activistas locales conocidos por sus posturas en contra de la legalización del aborto, de la aplicación de la Educación Sexual Integral y del matrimonio igualitario.
A través de un comunicado de prensa, solicitaron al gobernador que vete la ley bajo una serie de argumentos: “1) ESI y asesorías en escuelas, centros de salud y organizaciones barriales sobre salud sexual (anticoncepción, aborto y ‘transición de género’); 2) Colocación de anticonceptivos de larga duración y administración de hormonas para desarrollar características del sexo opuesto, y 3) Facilitación del aborto en menores”, señalaron.
En contra de los datos objetivos, este grupo considera que el Plan Nacional ENIA fue “un fracaso evidente” porque “ha incrementado el número de abortos en adolescentes, en lugar de bajarlos como es su objetivo”.
Además, indicaron que, de implementarse la ley provincial, “se transformará en un instrumento que se usará para adoctrinar, para impartir a los adolescentes las ideologías relacionadas con el cambio de género, y para facilitar los abortos en las adolescentes”.
“Y en lugar de prevenir los embarazos en ese grupo etario, esta norma legal, fomentará las relaciones sexuales a temprana edad; facilitará mediante la hormonización el cambio de género y finalmente incentivará la práctica de abortos; sin advertir de las graves e irreversibles consecuencias de dichas conductas, y que en muchos casos ha llevado al suicidio, siendo éste, la segunda causa de muerte en nuestro país”, indicaron desde la organización que lidera la exdiputada radical y exinterventora del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular en la actual gestión, Clelia Ávila.
Veto
A pesar del delicado cuadro de situación en relación a los embarazos adolescentes, en contra de toda recomendación de profesionales abocados al tema y desoyendo informes oficiales que constataron la eficacia del plan ENIA, el gobernador Zdero decidió vetar de manera total la normativa.
Mediante la nota 72, que ingresó en la Legislatura provincial el 13 de noviembre último, el primer mandatario sostuvo en primer lugar que la ley sancionada contiene acciones que ya están previstas en la Educación Sexual Integral (ESI) que se aplica en las escuelas del Chaco.
Aunque en la práctica esto no sea así, debido a que en los establecimientos escolares chaqueños la ESI se da a cuenta gotas y de manera en extremo superficial, Zdero aseguró que “el Ministerio (de Educación) propicia a diario la incorporación de la ESI en forma transversal, en contenidos que aporten al conocimiento sobre el cuerpo, emociones, las relaciones interpersonales, la identidad, el respeto hacia los estudiantes y los demás (…) Estas acciones son programáticas”.
Por otra parte, hizo observaciones en cuanto al artículo 5 de la normativa sancionada. ¿Qué dice el articulado en cuestión? Sostiene textual: “El Plan ENIA incluirá a los y las adolescentes que cumplieron 13 años hasta su mayoría de edad. En tal sentido, se presume que los adolescentes entre 13 y 16 años tienen aptitud para decidir por sí mismos respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física, mientras que a partir de los 16 años los adolescentes son considerados como un adulto para las decisiones atenientes al cuidado de su propio cuerpo, de conformidad a lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación”.
En su veto, Zdero “no comparte” lo indicado en este artículo “en lo relativo a establecer la presunción y percepción del adolescente como adulto responsable, entendiendo que el término ‘adolescente’ incluye una etapa o período de transición entre la niñez y la adultez. Período que comprende importantes cambios físicos, emocionales, psicológicos y sociales como así también procesos de búsqueda de identidad”.
Finalmente, el gobernador echa mano a la vieja confiable: no hay plata. Para esto, tomó como fundamento el dictamen elaborado por la Subsecretaría de Hacienda del Chaco el cual argumentó que las erogaciones previstas para implementar la normativa sancionada no están contempladas en el Presupuesto General de la Provincia ni tampoco se generaron recursos específicos para su financiamiento. Así se concluyó que “debido al principio de razonabilidad fiscal y sostenimiento de las finanzas públicas, es opinión de esta subsecretaría que la ley traída a estudio debería ser rechazada”.
¿Qué pasará ahora? El veto deberá ser tratado en los próximos días en el recinto de la Cámara de Diputados chaqueña. Para sostener la sanción, es decir para ratificar la ley, se necesitará el voto afirmativo de los dos tercios de los legisladores presentes. De lo contrario, la norma será vetada.
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