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Los fiscales del caso Cecilia afirmaron que el juez Sandoval se “excedió en los límites de su función”

El Equipo Fiscal Especial que investiga el femicidio de Cecilia Strzyzowski presentó un recurso de apelación contra la decisión del juez de Garantías 2, Horacio Sandoval, quien había readecuado las imputaciones contra la familia Sena dejando a Emerenciano, Marcela Acuña y César como coautores de un crimen premeditado. Para el Ministerio Público, el magistrado se “excedió al realizar una interpretación y valoración paralela de los elementos probatorios” y con esto vulneró las normas del “debido proceso” y la “defensa en juicio”.

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“El señor Juez de Garantías no sólo no fundamentó sus decisiones en base a las funciones propias de un juez de control, sino que, de manera evidente, se excedió al realizar una interpretación y valoración paralela de los elementos probatorios, efectuando una nueva acusación y determinando la plataforma fáctica que el Ministerio Público Fiscal debería adoptar, violando así las normas del debido proceso legal y, consecuentemente, de defensa en juicio”. Este es uno de los párrafos más fuertes del recurso de apelación que presentó este lunes el Equipo Fiscal Especial (EFE) que investiga el femicidio de Cecilia Strzyzowski contra la resolución del juez de Garantías 2, Horacio Sandoval.

La resolución que firmó el 11 de julio pasado Sandoval generó un terremoto en la causa Cecilia. Es que el magistrado, de manera sorpresiva, hizo lugar a lo solicitado por las querellas, tanto por la particular (representada por Gustavo Briend) como por la institucional (en cabeza de la subsecretaria de Género del Chaco, Sonia Valenzuela) en la audiencia de oposición al requerimiento de elevación a juicio y revocó la readecuación de las imputaciones que había hecho el EFE contra los dirigentes sociales, Emerenciano Sena, Marcela Acuña y César Sena.

¿Cuáles eran esa readecuaciones? En el requerimiento de elevación a juicio, los fiscales Nelia Velázquez, Jorge Cáceres Olivera y Martín Bogado, decidieron sacar de la coautoría del crimen a la pareja piquetera para aplicarles la acusación de “partícipes primarios”. Además, se optó por dejar de lado el agravante de la premeditación. Todo esto, según los fiscales, tiene una explicación técnica que apunta a llegar al juicio por jurados con una teoría del caso lo más robusta y probada posible. De todos modos, aclararon que eso no quitaba que la pena en expectativa de los tres sea la de prisión perpetua.

En su resolución, Sandoval borró todo de un plumazo y decidió reimponer la imputación previa al requerimiento de los fiscales. Para el juez, los dirigentes sociales fueron más que unos meros partícipes necesarios del crimen de su nuera. Según el magistrado, Emerenciano y Marcela pergeñaron el falso viaje a Ushuaia, donde supuestamente la joven iba a tener trabajo y vivienda asegurada junto a su pareja, César Sena; colaboraron en la ejecución del crimen, que se produjo en la intimidad de su casa; planificaron la desaparición de su cuerpo y finalmente idearon la destrucción de evidencias.

Al fundamentar su posición, el juez sostuvo que “no es necesario que todos los involucrados participen directamente en la ejecución del delito; es suficiente con que se pongan de acuerdo. Este acuerdo y las circunstancias del caso están comprobados”. “Además”, añadió, “no se puede pensar que el ideólogo haya sido César Sena, ya que está probado también que ni siquiera manejaba los aspectos más importantes de su propia vida”.

Sandoval indicó que quedó de manifiesto que previo al homicidio hubo una “planificación perfectamente establecida para la comisión del hecho, en qué lugar y cómo llevarlo a cabo, determinante para que suceda del modo como sucedió y no de otro”. “También hay una perseverancia de voluntad malvada y frialdad del ánimo; y no precisamente una resolución imprevista, porque existe una meditación anticipada, tiempo entre la determinación y la acción”, remarcó.

Con la decisión de Sandoval, Emerenciano, Marcela y César volvieron a ser imputados por el delito de homicidio triplemente agravado por haberse cometido con el concurso premeditado de dos o más personas, por el vínculo y por haberse cometido en contexto de violencia de género (femicidio) en carácter de coautores (artículo 80, inciso 1, 6 y 11 y artículo 45 del Código Penal).

“Vulneró garantías”

En su recurso de apelación, el cual deberá ser analizado por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, el Ministerio Público Fiscal consideró que en su resolución, el juez “vulneró las garantías constitucionales del debido proceso legal con incidencia del mismo en la defensa en juicio” y que, básicamente, se arrogó potestades que le competen a los fiscales.

“Debemos recordar que en el proceso penal vigente contamos con la distribución de tareas”, señaló el EFE en su recurso. “Esto implica que el juzgamiento y la acusación recaigan en diferentes sujetos procesales: el fiscal ejerce la potestad persecutoria, el querellante puede acompañar al Ministerio Público o actuar de manera autónoma, el defensor, quien se opone a la pretensión punitiva del fiscal, y el juez o -en su caso- el jurado”, añadió.

“Lo que queremos dejar claro es que, tal como se expuso en la audiencia de oposición al requerimiento de elevación a juicio, estas cuestiones deben resolverse durante las audiencias preliminares, siendo ese el momento oportuno (ante el juez de juicio), pudiendo incluso incluirse, conforme lo prevé la ley, a los delitos menores”, añadió.

El EFE señaló que, incluso, el magistrado incluyó apreciaciones de la teoría del caso (la hipótesis de cómo ocurrió el crimen) que no fueron solicitadas por la parte querellante durante la audiencia de oposición al requerimiento de elevación a juicio, donde solo pidieron un cambio en la calificación legal sin realizar mayores valoraciones sobre modificaciones en la acusación.

“En consecuencia, este Ministerio Público sostiene que la resolución impugnada ha vulnerado la garantía constitucional del debido proceso legal, afectando directamente el derecho de defensa en juicio de los imputados”, indicó el EFE. Y añadió: “En particular, la decisión del señor Juez de Garantías de declarar clausurada la investigación penal preparatoria y disponer la elevación a juicio sin permitir la adecuada comunicación de los hechos que debían readecuarse -a criterio del Magistrado-, contraviene el principio de división de funciones propio del sistema acusatorio, tal como se encuentra consagrado en el artículo 70 del Código Procesal Penal de nuestra Provincia, atribuyendo funciones al Poder Judicial que son exclusivas del Ministerio Público”.

Los hechos

En el requerimiento de elevación a juicio, el Equipo Fiscal Especial señaló que los hechos que derivaron en el crimen de Cecilia y su posterior encubrimiento se produjeron de la siguiente manera: el 2 de junio de 2023, después de las 8, Emerenciano Sena y Marcela Acuña, de manera deliberada, se ausentaron de su hogar situado en calle Santa María de Oro 1460 de Resistencia, creando un ambiente seguro y propicio para que su hijo, César Sena, lleve a cabo el homicidio de su pareja.

Más tarde, a las 9.14, César llevó a Cecilia a la residencia familiar donde, aprovechando la relación desigual de poder y dependencia económica en la que Cecilia se encontraba sometida, perpetró su muerte en una habitación de la planta baja. Accionar que no habría sido posible sin la indispensable participación de sus progenitores.

Luego, siguiendo indicaciones de Emerenciano y Marcela, Gustavo Obregón, mano derecha de Emerenciano, llegó a la vivienda de la familia Sena en su vehículo Citroen C4 gris y alrededor de las 19.27, junto a César, cargaron el cuerpo de Cecilia en la cajuela de la camioneta Toyota Hilux blanca de César y lo llevaron al campo Rossi ubicado en Zona Rural de Puerto Tirol, con el Citroen C4 escoltando a la camioneta durante todo el trayecto.

En ese lugar, César y Obregón incineraron el cuerpo de Cecilia con el objetivo de destruir cualquier indicio incriminatorio y se retiraron alrededor de las 21. Después, Gustavo Melgarejo y Griselda Reinoso, quienes estaban a cargo de la vigilancia del campo Rossi permanecieron allí durante la noche avivando el fuego para asegurarse que se mantuviera encendido.

Desde el 3 al 6 de junio de 2023, por solicitud expresa de Marcela Acuña, Fabiana González, quien era su persona de confianza, se presentó en distintas ocasiones en su residencia familiar situada en Santa María de Oro 1460 de Resistencia a fin de limpiar áreas específicas de la casa y gestionar la donación y traslado de una cama y un colchón que contenían restos de sangre de Cecilia, todo ello con el propósito de hacer desaparecer cualquier elemento inculpable.

Además, el 6 de junio de 2023, entre las 14.25 y las 14.42, José Gustavo Obregón se dirigió al supermercado Carrefour, ubicado en la intersección de las avenidas Lavalle y Ávalos de Resistencia, donde compró bolsas de consorcio. Seguidamente se trasladó al campo Rossi y utilizó las mismas con la finalidad de eliminar nuevamente evidencia incriminatoria.

En total, son siete los imputados por el femicidio de Cecilia. Además de Emerenciano Sena, Cesar Sena y Marcela Acuña, serán juzgados los colaboradores de la familia. Fabiana González, Gustavo Obregón, Gustavo Melgarejo y Griselda Reinoso están imputados por el delito de Encubrimiento agravado (art. 277 inc. 3° acáp. “A” en función del inc. 1° acáp. “B” del Código Penal).

 

Fuentes: Chaco Día por Día / lITIGIO

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Una patrulla de gendarmes rescató a una familia de un incendio

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En el marco de patrullajes preventivos ante las condiciones climáticas adversas producto del “viento zonda”, hoy personal de la Sección Núcleo del Escuadrón 28 “Tunuyán” se desplazaban por la Ruta Nacional N° 40, altura del kilómetro 3200 cuando constatan un foco ígneo en un inmueble.

Al aproximarse algunos lugareños indicaron que había personas dentro de la vivienda, ante lo cual rápidamente se procedió abrir el portón de acceso y se escucharon pedidos de auxilio procedentes del interior de la casa. Los funcionarios tomaron las medidas necesarias acordes a la situación a modo de resguardar la integridad de todos. Al observar que el frente del inmueble estaba consumido por las llamas, se dirigieron por la parte posterior y con la ayuda de vecinos utilizaron elementos circunstanciales logrando abrir una de las ventanas y evacuar a las cinco personas, dos de ellos menores de edad (12 y 16 años respectivamente). Tras rescatar a todos los habitantes de la casa, el servicio médico los trasladó para un control debido a las lesiones acaecidas por el fuego e inhalación de humo.

 

 

A los pocos minutos, llegaron los bomberos voluntarios y controlaron el incendio.

Interviene la Unidad Fiscal “Valle de Uco” y la Policía de la provincia.

Los gendarmes fueron asistidos por integrantes del Pelotón Sanidad y se encontraban en buenas condiciones.

 

 

Integrantes de la Patrulla de la Sección Núcleo del Escuadrón 28 “Tunuyán” de Gendarmería Nacional:Sargento Primero Andrés Ignacio Markievich, Cabo Primero Germán Villalba (conductor), Cabo Juan Carlos Segundo y el Gendarme Lucas Benítez.

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Quedó detenido un exsecretario de Seguridad de la Alianza por su rol en la represión de diciembre de 2001

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Enrique Mathov, exfuncionario de Seguridad del gobierno de Fernando de la Rúa, se entregó este jueves en la justicia luego de que el Tribunal Oral Federal N°6 ordenara su detención y la del exjefe policial de la Alianza, Rubén Santos. Ambos fueron condenados por la represión de diciembre de 2001 que marcó el final del gobierno de la Alianza.

Los jueces dejaron firmes las condenas de cuatro años y tres meses para Mathov, y de tres años y seis meses para Santos.

Mathov ya había sido notificado de la disposición judicial en su contra y durante la mañana de este jueves se presentó en los tribunales de Comodoro Py. Pidió cumplir con un régimen de prisión domiciliaria debido a su edad (76 años). Santos había recibido autorización para viajar al exterior y, de acuerdo con el fallo, tiene 72 horas de plazo para asistir a sede judicial y que se haga efectiva la pena.

“En atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, habiendo adquirido firmeza la sentencia de cuatro años y tres meses de prisión dictada en autos y encontrándose aquella ejecutable, cítese a Enrique José Mathov -a través de su defensa- para que se presente en el Tribunal el día jueves 19 de septiembre del corriente año a las 09:30 horas, a fin de estar a derecho y hacer efectiva la detención”, dice la resolución que lleva la firma de la jueza Adriana Palliotti.

La policía dispara contra manifestantes en diciembre de 2001. (Foto: Télam)
La policía dispara contra manifestantes en diciembre de 2001. (Foto: Télam)

Mathov cumplirá con su pena el 22 de mayo de 2028, mientras que Santos lo hará el 28 de septiembre de 2027, en los términos de la resolución.

Mathov y Santos fueron condenados por tres homicidios culposos: Gastón Riva, Diego Lamagna y Carlos Almirón murieron debido al accionar de la Policía el 19 y el 20 de diciembre de 2001. Tanto el exfuncionario como el jefe de la Federal fueron considerados responsables además de 25 casos de lesiones culposas, entre ellas la del exministro del Interior y actual senador nacional Eduardo “Wado” De Pedro.

El 20 de diciembre, Mathov dio la orden a Santos de despejar la Plaza de Mayo, poblada de manifestantes que reclamaban la renuncia de De la Rúa. La noche anterior, la Policía había reprimido la marcha frente a la Casa Rosada tras una jornada de saqueos y violencia en todo el país. El expresidente fue investigado y posteriormente sobreseído por lo ocurrido en aquellos dos días.

Hubo 9000 comercios saqueados en todo el país y 39 muertos como consecuencia del estallido. El primero de los hombres fuertes del Gobierno en anunciar su salida fue Domingo Cavallo, ministro de Economía que había ideado el “corralito”. Con el correr de las horas se fue sumando el resto de los integrantes del gabinete.

Mathov y Santos fueron condenados en 2016 junto a otros responsables de la represión. En 2021, la sentencia fue ratificada en 2021 por la Cámara Federal de Casación Penal y los acusados apelaron ante la Corte Suprema.

En las últimas horas, el máximo tribunal declaró “inadmisible” las presentaciones y, de esta manera, las condenas quedaron firmes. También hubo penas para los jefes policiales Raúl Roberto Andreozzi y Norberto Edgardo Gaudiero: los dos ya murieron.

Manifestantes corren sobre Avenida de Mayo cubierta de piedras. (Foto: archivo Clarín)
Manifestantes corren sobre Avenida de Mayo cubierta de piedras. (Foto: archivo Clarín)

Por la misma causa, al exagente Carlos José López le correspondieron seis años de prisión, a Roberto Emilio Juárez cuatro años y medio, a Jorge Daniel Toma y a Carlos Alberto Loforte los sobreseyeron por prescripción; Víctor Manuel Belloni fue condenado a tres años de cárcel y a Ariel Gonzalo Firpo Castro le dieron tres años en prisión en suspenso.

Los exagentes Sebastián Saporiti, Horacio Berardi, Mario Seia, Orlando Juan Oliverio, Carlos José López, Eugenio Figueroa, y Norberto Pablo Sabbino fueron absueltos.

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El sector del PJ que apoya a Kicillof busca marcarle la cancha a Máximo Kirchner en la previa a su acto

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La interna del Partido Justicialista (PJbonaerense sumó este jueves un nuevo capítulo a partir de las declaraciones de Andrés “Cuervo” Larroque, uno de los dirigentes más cercanos a Axel Kicillof, quien salió a marcarle la cancha a Máximo Kirchner en la previa al acto de La Plata.

Consultado en una entrevista con Radio 10 acerca de los sectores del peronismo provincial que llaman a “armar de nuevo” el espacio, el ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense hizo un llamado a la “colaborar” con el gobernador.

“Esperemos que todo sea con la intención de colaborar en el camino de sostener y respaldar a un gobernador que desde el primer minuto no dudó en posicionarse contra el gobierno de (Javier) Milei. En este contexto no hay otra cosa que hacer que bancar a Axel”, planteó Larroque.

El exlíder de La Cámpora señaló que Kicillof “necesita a todos” porque “una persona sola no puede resolver el drama de la Argentina”. Por eso, aseguró, “la construcción hoy pasa por el respaldo a Axel y, en términos políticos, por organizarse en función de esta gestión”.

Las declaraciones de Larroque se producen en la previa de un acto programado para este viernes en el que Máximo Kirchner, en su rol de titular del PJ provincial, se presentará frente a la militancia en el club platense de Atenas.

No es la primera vez que Larroque, quien fue durante años uno de los principales referentes camporistas pero luego se alejó para formar la agrupación La Patria es el Otro, intenta marcarle la cancha al hijo de CFK. Un tiempo atrás lo acusó, sin nombrarlo, de no haber acompañado a Kicillof en la campaña 2023. “¿Te quedaste la lista y tampoco repartís afiches? Dejate de joder”, disparó en ese momento.

“Armar de nuevo”: Máximo Kirchner encabeza un acto en La Plata con la mira puesta en las elecciones del PJ

El acto de Máximo Kirchner en La Plata, promocionado por Wado de Pedro en su cuenta de X.
El acto de Máximo Kirchner en La Plata, promocionado por Wado de Pedro en su cuenta de X.

El diputado nacional Máximo Kirchner encabezará este viernes un acto en la ciudad de La Plata, donde se esperan definiciones acerca del futuro del peronismo rumbo a las elecciones partidarias del 17 de noviembre.

El titular del PJ provincial se presentará desde las 17 en un encuentro frente a la militancia camporista bajo el lema “Armar de nuevo. Kirchner en Atenas”, que puede leerse como un intento de continuar el legado de sus padres.

El legislador disertará en el club platense de Atenas cuando faltan 60 días para que se lleven a cabo las elecciones del PJ nacional, una compulsa que hasta el momento tiene como único candidato al gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela.

En tanto, el fundador de La Cámpora se encuentra en tiempo de descuento para llamar a renovación de autoridades partidarias en territorio bonaerense, ya que así lo había estipulado el propio PJ bonaerense en mayo pasado. Según se había acordado en esa oportunidad, las elecciones del peronismo de Buenos Aires se llevarían a cabo al mismo tiempo que las internas nacionales.

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