En el marco de una acción colectiva iniciada por la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el juez Walter Lara Correa, del Contencioso Administrativo, falló contra el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, en la causa por alimentos.

De esta manera, le ordenó garantizar la continuidad de los programas y planes alimentarios que brindan los comederos y merenderos comunitarios. Juan Grabois participó de la acción colectiva como abogado y también se sumaron otras asociaciones.

Otro fallo contra Sandra Pettovello en la causa por alimentos
En su cuenta de X, el dirigente compartió la noticia sobre el fallo y sentenció: “Otro freno de la justicia al plan de miseria planificada”. Además, explicó que el fallo implica la “inmediata restitución de la provisión de alimentos a los comedores comunitarios a través de todas las asociaciones que venían realizándolo”.

Al mismo tiempo, el dirigente de Argentina Humana, detalló que esto “no impide el correcto ejercicio de poder de auditoría a los comedores, pero es claro en cuanto no se puede generalizar y desabastecer al conjunto por las irregularidades que se detecten en unos pocos”. Y agregó: “Es una nueva victoria jurídica que esperamos que el gobierno acate. (…) sino incurrirían en un nuevo hecho de incumplimiento de deberes de funcionario y eventualmente desobediencia”.

A su vez, afirmó que “la medida cautelar es un paso importante para que se cumplan las partidas presupuestarias ya asignadas por los programas de alimentación a través de los comedores y se ejecuten los fondos entregados por el Programa de Naciones Unidas”.

“Esta decisión judicial llega en un contexto en el que, según los propios datos oficiales, la pobreza aumenta y el empleo cae y se vuelve más precario”, destacó Grabois.

Casación declaró “inadmisible” el planteo de Capital Humano por los alimentos
En los últimos días, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió mantener la cautelar en la causa en que se investiga Pettovello por abuso de poder y violación de los deberes de funcionario público. La medida fue dispuesta por unanimidad por los jueces Angela E. Ledesma, Guillermo J. Yacobucci y Alejandro W. Slokar.

Casación imprimió a la causa el trámite más expedito del código procesal penal para procesos donde pueda existir un peligro o lesión a bienes jurídicos de imposible reparación ulterior (art. 465 bis CPPN) y en el voto conjunto los jueces precisaron que el recurso interpuesto por Leila Daniela Gianni “no logra rebatir de modo concreto y acabado los argumentos expuestos en la resolución impugnada. Ello priva al recurso de la fundamentación requerida por el art. 463 del CPPN”.

Asimismo, con cita de Fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los magistrados también indicaron que: “La parte no ha argumentado adecuadamente la existencia de una cuestión federal, que habilite la intervención de esta Cámara como tribunal intermedio, en los términos de la doctrina establecida por el Alto Tribunal”.

Por fin, y recordando que la resolución del Juez Casanello ya había sido convalidada –también por unanimidad- por los tres jueces de la Cámara Federal porteña, cargaron a la cartera de Sandra Pettovello con las costas del proceso e indicaron que: “el pronunciamiento atacado ha sido dictado por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial”. De este modo, devolvió la causa a Casanello.

 

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