Politica
Revés de la Corte Suprema para un libertario que no quería usar cinturón de seguridad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este martes que la ley que establece el uso obligatorio del cinturón de seguridad en la vía pública es constitucional. Rechazó así el planteo de un conductor mendocino que reclamaba que esa normativa agraviaba “sus convicciones liberales”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este martes que la ley que establece el uso obligatorio del cinturón de seguridad en la vía pública es constitucional, rechazando así el planteo de un hombre de Mendoza que reclamaba la inconstitucionalidad de la norma al argumentar que la utilización del cinto es una decisión de carácter privado que, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional, debe estar exenta de control estatal.
El caso sobre el que se pronunció el máximo tribunal ocurrió en noviembre de 2014, cuando Diego Sebastián Garay fue detenido en un control de tránsito mientras circulaba en automóvil por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento de Las Heras, provincia de Mendoza. Como no llevaba puesto el cinturón de seguridad -de uso obligatorio por norma provincial N°6082- el oficial de tránsito le impuso una multa.
En ese momento, Garay planteó que la ley que lo obligaba a usar cinturón de seguridad era inconstitucional porque agraviaba “sus convicciones liberales”. Según argumentó entonces, su decisión personal de utilizar o no esa medida de seguridad no afectaba a terceros, ya que él era el único ocupante del vehículo, por lo que debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional.
El artículo 19 establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.
Sin embargo, en la decisión que se dio a conocer esta semana, la Corte Suprema consideró que el uso obligatorio del cinturón de seguridad sí es constitucional, ya que previene de un riesgo a terceros: si se produce una colisión vehicular, la falta de correajes del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control del automóvil y, por ende, las de afectar directamente a terceros que circulan en la vía pública.
De esta manera, la Corte reafirmó su línea jurisprudencial que protege constitucionalmente las acciones privadas de la intervención estatal, pero señaló que el planteo de Garay se encuentra por fuera de la citada protección.
El artículo 19 “asegura a cada persona un ámbito de libertad en el cual ella es soberana para adoptar decisiones fundamentales que hacen a su plan de vida, incluso cuando sus creencias legítimas la conducen a anteponer otro valor por sobre su propia vida”, ratificó la Corte.
Sin embargo, “la obligación del uso del cinturón de seguridad en la vía pública –cuyo incumplimiento es sancionado como una falta– no resulta una interferencia indebida en la autonomía individual, pues lo que procura es la prevención de un riesgo cierto de daño a terceros, que es una de las hipótesis previstas por el mencionado artículo 19 para habilitar la intervención estatal y la jurisdicción de los magistrados”.
Garay “sostiene que el uso obligatorio del cinturón agravia sus convicciones liberales -incluso cuando otros las reputen imprudentes- pero en su presentación no refuta el riesgo a terceros en que la sentencia del tribunal local justifica la validez de ese deber”, señaló la Corte. Se trata de “terceros que también tienen convicciones y para cuyo ejercicio requieren gozar de la vida; una vida que puede peligrar por la actitud omisiva de conductores como el recurrente de estos autos”, agregó.
Por ello, el máximo tribunal entendió que “el obrar del actor está incurso dentro de las acciones y omisiones sujetos a la regulación estatal, la que, en este caso, está plasmada en la ley provincial de tránsito y en un plan general de seguridad vial”.
Milei, en contra del uso obligatorio del cinturón de seguridad
Garay no es el único que se opone al uso obligatorio del cinturón de seguridad. Según una nota de El Cronista del 25 de noviembre de 2017, al presidente Javier Milei le molesta que su auto impida el arranque si todos los ocupantes no tienen puesto el cinturón de seguridad.
Dice la nota: “Milei camina los 40 metros que separan la redacción de El Cronista Comercial de la playa de estacionamiento a la que va a buscar su auto, un Peugeot RCZ Modelo 2013. (…) ‘¿Quiere el ticket, doctor?’, le pregunta la cajera, que lo reconoció de la tele. ‘¡Nunca!’, contesta él, solemne, sacando pecho. ‘La evasión de impuestos debería ser un derecho humano’, proclama. No sólo rechaza a la visible mano de Leviatán metida en los bolsillos de sus súbditos. Milei protesta porque su auto impide el arranque si todos los ocupantes no tienen puesto el cinturón de seguridad. ‘Esto de usarlo porque te obliguen… Si quiero reventarme o no, es una opción mía’, bufa”.
Ese día, un periodista compartió el fragmento de la nota de El Cronista en sus redes sociales. “Algunas veces Milei pronuncia torpezas como esta, debería al menos saber la cantidad de vidas que el uso obligatorio salvó”, le comentó un usuario.
Milei, con largo historial en descargar su ira en redes sociales, se metió en el intercambio y le comentó al usuario: “Te sugiero que leas el artículo de Landsburg ‘Como matan los cinturones de seguridad’ así no perdés de meterte la lengua en el culo opinando sin conocer la evidencia empírica”.
Lejos de tratarse de un investigador en el tema, Steven Landsburg es otro economista que se presenta a sí mismo como “un libertario intenso”. Oriundo de Estados Unidos, es docente en la Universidad de Rochester, autor de varios libros sobre economía y firme creyente en que los individuos no deben ser “molestados” por las políticas estatales, entre otras cosas.
Fuente: Página/12
CORRUPCION
CHACO MEGA CORRUPCION de LEANDRO ZDERO Diputados deunciaron el robo de 600 millones de pesos
Las pruebas aportadas por los legisladores Nicolás Slimel, Tere Cubells, Mariela Quirós y Analía Flores, exponen maniobras de triangulación –con empresas de Verga y los hermanos Julio Alberto y Juan Alberto Zalazar- y contratos fraudulentos, beneficiando a empresas sin antecedentes sólidos como VEZA SRL –propiedad de Verga-; o Smart Bull S.A.S. que, apenas creada, accedió a contratos millonarios bajo condiciones cuestionables. «Estas acciones no solo reflejan falta de transparencia, sino también el desmantelamiento de áreas clave de ECOM y el desplazamiento de personal idóneo para dar lugar a cómplices del entramado corrupto», indican los diputados.-
Los integrantes del interbloque subrayan la contradicción entre las promesas de campaña de Leandro Zdero, quien se comprometió a una gestión honesta y eficiente, y «la realidad que demuestran los actos de sus funcionarios, denunciados penalmente en las más variadas áreas de gobierno a menos de un año de gestión. Lo sucedido en ECOM Chaco no es un caso aislado, sino el resultado de una estructura de gobierno que prioriza los negocios personales sobre el bienestar de los chaqueños».
Exigimos justicia y transparencia
«Instamos a las autoridades judiciales a actuar con celeridad y determinación para investigar y sancionar a los responsables de estos actos. El saqueo sistemático a ECOM Chaco y a los recursos públicos merece un castigo ejemplar», expresaron ayer apenas presentada la denuncia.
«Las y los diputados del Interbloque Frente Chaqueño reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los intereses del pueblo, repudiando cualquier acto de corrupción que lesione el patrimonio estatal. Nos mantenemos firmes en nuestra lucha por una provincia con justicia, transparencia y gobierno al servicio de los ciudadanos. Por el pueblo del Chaco, exigimos respuestas y acciones concretas.», reiteraron finalmente.
CORRUPCION
Denunciaron al expresidente de Ecom: ‘Estamos hablando de compras por 600 millones de pesos’
Diputados del Frente Chaqueño afirman que las maniobras involucraron empresas de reciente creación vinculadas al exfuncionario. «Todo esto son sospechas, pero las pruebas son serias», aseguraron.
La diputada Analía Flores, acompañada por sus colegas Teresa Cubells, Nicolás Slimel y Mariela Quiroz, presentó una denuncia contra el expresidente de Ecom Chaco, Luis Ferga, por presunto lavado de activos. La acusación, radicada en la Justicia Federal, se sustenta en irregularidades administrativas y facturaciones sospechosas por un monto superior a los 600 millones de pesos.
Según el grupo de legisladores, las maniobras incluyeron la adjudicación de contratos a empresas de reciente creación y con presuntos vínculos directos con el denunciado. «Las facturas nos indican que estas empresas eran muy nuevas, algunas con menos de tres meses de existencia«, sostuvo la diputada Cubells.
En diálogo conN9, Cubells destacó: «Desde que asumió este nuevo gobierno, se nos habló de transparencia y limpieza, pero los hechos parecen mostrar lo contrario. Encontramos circuitos administrativos que no fueron respetados y empresas vinculadas a los mismos funcionarios de la gestión denunciada».
Por su parte, Analía Flores subrayó la solidez de las pruebas presentadas: «Hemos trabajado seriamente para analizar la documentación antes de radicar la denuncia. Ahora corresponde a la Justicia determinar si estas pruebas son suficientes para confirmar el delito».
La denuncia señala específicamente que las contrataciones de Ecom incluyeron empresas creadas poco antes de ser beneficiadas con compras millonarias. «Una de las firmas tenía como presidente al hermano de un socio de Ferga. Estas coincidencias son demasiado llamativas como para no ser investigadas«, añadió Cubells.
Asimismo, Flores remarcó la magnitud de las irregularidades: «Estamos hablando de compras por 600 millones de pesos que no siguieron los procedimientos establecidos. Las cifras son millonarias y las maniobras son demasiado evidentes«.
Los legisladores también cuestionaron la falta de respuestas del oficialismo ante estas denuncias. «No hemos recibido ninguna explicación. Lo único que queremos es que la Justicia investigue a fondo, porque esto no puede quedar en la impunidad«, sentenció Cubells.
La denuncia incluye un pedido formal para que se auditen todas las operaciones realizadas bajo la gestión de Ferga en Ecom, así como las vinculaciones empresariales del exfuncionario.
Por ahora, los denunciantes se mantienen a la espera de la respuesta judicial, confiando en que las pruebas presentadas sean suficientes para avanzar en la investigación. «La ciudadanía merece transparencia, y por eso estamos aquí«, concluyó Flores.
Politica
En la provincia con uno de los peores índices de embarazo adolescente, Leandro Zdero vetó la ley que apuntaba a reducirlos
Con el apoyo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, conocido como Plan ENIA. El veto se da en medio de un panorama grave: Chaco se ubica en tercer lugar entre las provincias que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana y una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos.
En sintonía con el reclamo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, que buscaba reemplazar al Plan Nacional ENIA, desfinanciado por Javier Milei. Dicha medida se da en una de las provincias con los peores indicadores de embarazo adolescente del país.
En 2018, Chaco adhirió al Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo no Intencional en la Adolescencia (ENIA). El mismo se implementó durante seis años con muy buenos resultados. A través de la capacitación en Educación Sexual Integral, Consejerías y Asesorías, se logró no sólo la reducción en un 50% del embarazo en la adolescencia, sino que también muchos adolescentes reconocieran haber sido víctimas de alguna situación de violencia sexual durante su vida. El plan se desarrolló con normalidad hasta la llegada del gobierno libertario que, a fines de marzo, decidió desfinanciarlo.
Para posibilitar su continuidad en la provincia, los diputados Pía Chiacchio Cavana, Tere Cubells y Santiago Pérez Pons presentaron el proyecto de ley mediante el cual se pretendía implementar un Plan ENIA local financiado con fondos provinciales, con el objetivo de garantizar los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de los adolescentes del Chaco. El proyecto fue sancionado el 23 de octubre pasado, con 20 votos afirmativos.
¿Qué dice la ley aprobada? Establece el acceso gratuito para los adolescentes de la provincia a métodos anticonceptivos, a educación sexual integral, a las asesorías en establecimientos educativos secundarios, a las consejerías en salud sexual y reproductiva en los Centros de Atención Primaria de la Salud, asesorías móviles y actividades de promoción comunitaria.
Entre los objetivos de la normativa, se encuentran los de sensibilizar a la población en general y a los adolescentes en particular sobre la importancia de prevenir y disminuir el embarazo no intencional en la adolescencia; incorporar a los centros de estudiantes en todo lo que respecta a la información del Plan ENIA; mejorar la oferta de servicios de salud sexual y reproductiva en relación con la disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad de las prestaciones; potenciar las decisiones informadas de los adolescentes para el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos y fortalecer las políticas públicas para la prevención del abuso y la violencia sexual.
Esta normativa, vale mencionar, se da en una de las provincias con peores indicadores de embarazo adolescente del país. De acuerdo a datos del Ministerio de Salud del Chaco, en 2021, mientras que a nivel nacional el 9,5% de 529.794 nacimientos correspondió a adolescentes menores de 20 años, en el Chaco 2786 niños y niñas nacieron de adolescentes menores de 20 años representando el 15 % de los nacimientos: casi 5 puntos porcentuales por encima de la media del país.
De ellos, 3.920 nacieron de adolescentes entre 15 y 19 años, y 130, de menores de 15 años. Similar comportamiento presenta la tasa de fecundidad en las adolescentes menores de 15 años.
Asimismo, según datos de 2020, la provincia se ubica en tercer lugar entre las que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana, con 3.7 nacimientos por cada 1.000 adolescentes mujeres de 10 a 14 años.
Chaco también destaca por ser una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos. En las maternidades de Resistencia, Villa Ángela, Las Breñas, Sáenz Peña y Castelli, 1 de cada 4 adolescentes menores de 20 años (25,6%) que tuvo un parto en 2019, se encontraba en esa situación.
Entre los factores que intervienen en la ocurrencia de embarazos no intencionales, para las adolescentes que inician o mantienen relaciones sexuales, se destaca la no utilización de métodos anticonceptivos (MAC) o su uso irregular o inconsistente; más frecuentemente de anticonceptivos hormonales orales (ACO) y preservativo masculino y a los factores de violencia que se mencionaron previamente.
La evidencia indica, además, que para una proporción importante de adolescentes en situación de pobreza -que son mayoría entre las adolescentes que han tenido partos-, la maternidad aparece como un pasaje a la vida adulta, y a una posición social de mayor reconocimiento considerando el mandato social de la maternidad como destino de la mujer, en detrimento del desempeño de otros roles, según se explica en el informe Ruta de acción: atención de niñas y adolescentes embarazadas menores de 15 años, elaborado en 2022 por Unicef y el Ministerio de Salud del Chaco.
Antiderechos
Varios gritos en el cielo fueron los que pegaron los sectores antiderechos más reaccionarios del Chaco tras enterarse de la sanción de la ley. Los más visibles fueron los agrupados en el Movimiento Unidos por la Vida y la Familia, una organización que congrega a activistas locales conocidos por sus posturas en contra de la legalización del aborto, de la aplicación de la Educación Sexual Integral y del matrimonio igualitario.
A través de un comunicado de prensa, solicitaron al gobernador que vete la ley bajo una serie de argumentos: “1) ESI y asesorías en escuelas, centros de salud y organizaciones barriales sobre salud sexual (anticoncepción, aborto y ‘transición de género’); 2) Colocación de anticonceptivos de larga duración y administración de hormonas para desarrollar características del sexo opuesto, y 3) Facilitación del aborto en menores”, señalaron.
En contra de los datos objetivos, este grupo considera que el Plan Nacional ENIA fue “un fracaso evidente” porque “ha incrementado el número de abortos en adolescentes, en lugar de bajarlos como es su objetivo”.
Además, indicaron que, de implementarse la ley provincial, “se transformará en un instrumento que se usará para adoctrinar, para impartir a los adolescentes las ideologías relacionadas con el cambio de género, y para facilitar los abortos en las adolescentes”.
“Y en lugar de prevenir los embarazos en ese grupo etario, esta norma legal, fomentará las relaciones sexuales a temprana edad; facilitará mediante la hormonización el cambio de género y finalmente incentivará la práctica de abortos; sin advertir de las graves e irreversibles consecuencias de dichas conductas, y que en muchos casos ha llevado al suicidio, siendo éste, la segunda causa de muerte en nuestro país”, indicaron desde la organización que lidera la exdiputada radical y exinterventora del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular en la actual gestión, Clelia Ávila.
Veto
A pesar del delicado cuadro de situación en relación a los embarazos adolescentes, en contra de toda recomendación de profesionales abocados al tema y desoyendo informes oficiales que constataron la eficacia del plan ENIA, el gobernador Zdero decidió vetar de manera total la normativa.
Mediante la nota 72, que ingresó en la Legislatura provincial el 13 de noviembre último, el primer mandatario sostuvo en primer lugar que la ley sancionada contiene acciones que ya están previstas en la Educación Sexual Integral (ESI) que se aplica en las escuelas del Chaco.
Aunque en la práctica esto no sea así, debido a que en los establecimientos escolares chaqueños la ESI se da a cuenta gotas y de manera en extremo superficial, Zdero aseguró que “el Ministerio (de Educación) propicia a diario la incorporación de la ESI en forma transversal, en contenidos que aporten al conocimiento sobre el cuerpo, emociones, las relaciones interpersonales, la identidad, el respeto hacia los estudiantes y los demás (…) Estas acciones son programáticas”.
Por otra parte, hizo observaciones en cuanto al artículo 5 de la normativa sancionada. ¿Qué dice el articulado en cuestión? Sostiene textual: “El Plan ENIA incluirá a los y las adolescentes que cumplieron 13 años hasta su mayoría de edad. En tal sentido, se presume que los adolescentes entre 13 y 16 años tienen aptitud para decidir por sí mismos respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física, mientras que a partir de los 16 años los adolescentes son considerados como un adulto para las decisiones atenientes al cuidado de su propio cuerpo, de conformidad a lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación”.
En su veto, Zdero “no comparte” lo indicado en este artículo “en lo relativo a establecer la presunción y percepción del adolescente como adulto responsable, entendiendo que el término ‘adolescente’ incluye una etapa o período de transición entre la niñez y la adultez. Período que comprende importantes cambios físicos, emocionales, psicológicos y sociales como así también procesos de búsqueda de identidad”.
Finalmente, el gobernador echa mano a la vieja confiable: no hay plata. Para esto, tomó como fundamento el dictamen elaborado por la Subsecretaría de Hacienda del Chaco el cual argumentó que las erogaciones previstas para implementar la normativa sancionada no están contempladas en el Presupuesto General de la Provincia ni tampoco se generaron recursos específicos para su financiamiento. Así se concluyó que “debido al principio de razonabilidad fiscal y sostenimiento de las finanzas públicas, es opinión de esta subsecretaría que la ley traída a estudio debería ser rechazada”.
¿Qué pasará ahora? El veto deberá ser tratado en los próximos días en el recinto de la Cámara de Diputados chaqueña. Para sostener la sanción, es decir para ratificar la ley, se necesitará el voto afirmativo de los dos tercios de los legisladores presentes. De lo contrario, la norma será vetada.
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